Pretendía comprar una moto pero figuraba casado con una mujer desconocida. Otro caso

 

Desembolsó todos sus ahorros en la moto que necesitaba para transportarse. Buscó precios, comparó modelos y terminó en una concesionaria de Neuquén. Pero hubo un error en el registro y el hombre terminó compartiendo la titularidad del vehículo con una mujer desconocida, quien supuestamente era su esposa. El Juzgado de Paz de Cipolletti se ocupó en ofrecerle una solución.

El negocio parecía ideal, incluso el gestor de la concesionaria neuquina se comprometió a inscribir la moto sin cargo ante el Registro de la Propiedad Automotor de Cipolletti, donde vive el cliente. La compra se hizo a mediados de abril pero cuando el hombre recibió los papeles se sorprendió al descubrirse casado con una joven mujer desconocida. En los hechos compartía el 50 por ciento de la titularidad de la moto con su cónyuge ya que se trataba de un bien ganancial.

En ese contexto, el motociclista debió afrontar una serie de trámites administrativos para probar su soltería. No es un asunto sencillo puesto que la normativa de la propiedad del automotor mantiene un criterio restrictivo para rectificar datos en los casos de matrimonio. Lo que se pretende es evitar cualquier maniobra que pueda llegar a afectar la comunidad de ganancias. En otras palabras, no es fácil transferir el ciento por ciento de la titularidad de un vehículo cuando está registrado dentro de un matrimonio.

Dice el artículo 6 del Digesto de la Propiedad del Automotor: “no se dará curso al pedido de rectificación cuando el titular o la parte cuyo estado civil se pretenda rectificar figure inscripto como de estado civil casado y peticione la rectificación por la de soltero aduciendo que éste es en realidad su verdadero estado civil, salvo que presente oficio o testimonio judicial suficiente”.

Ante esta situación, el dueño de la moto tuvo que recurrir al Registro Nacional de las Personas, organismo que el 10 de mayo certificó que el ciudadano “se encuentra informado como de estado civil soltero, no habiéndose informado rectificación ni modificación del estado civil hasta el día de la fecha del otorgamiento del informe”.

Con esa constancia se presentó ante Juzgado de Paz de Cipolletti, que aprobó la información sumaria rendida en el trámite y ratificó su estado civil como soltero. Recién con la sentencia del Juzgado de Paz pudo rectificar el título de su moto.

Fuente: Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro

Por el barro se cayó de la moto: fallo a favor de penitenciaria que quedó con secuelas

Una trabajadora penitenciaria de Viedma que se dirigía a cumplir sus tareas en una motocicleta, con la calzada húmeda y terreno lodoso, perdió el control del rodado y cayó al piso, golpeándose la rodilla izquierda. Sintió un fuerte dolor en la zona afectada y una notoria inflamación.

Oportunamente recibió tratamiento complementario por imágenes, intervención quirúrgica y rehabilitación. Luego fue otorgada el alta médica por parte de la ART y tomó intervención la Comisión Médica que fijó un porcentaje de discapacidad menor al que plantea tener la denunciante, que inició la demanda.
Se presentó Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales SA y resaltó que hizo un ofrecimiento de resarcimiento a la trabajadora, sobre la base de la incapacidad dictaminada por la comisión médica.
En el expediente intervino un perito médico. En su informe explicó sobre el diagnostico de la mujer: “la paciente padeció un traumatismo de rodilla izquierda que le ocasionó lesiones en partes blandas de menisco interno y ligamento cruzado anterior”.

El tribunal que abordó el caso admitió el hecho como un accidente laboral in itinere. Es decir, una situación que se produjo en el trayecto que va desde el domicilio hasta el lugar de trabajo o viceversa. Los hechos protagonizados durante ese recorrido también están contemplados en la legislación como accidentes de tipo laboral.

Finalmente, la Cámara Laboral de Viedma propuso una incapacidad que casi triplica la dictaminada originalmente Luego, los jueces realizaron los cálculos pertinentes para establecer el monto de resarcimiento.

Por ello, condenó a la empresa Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales SA a abonarle a la mujer penitenciaria en concepto de indemnización por la incapacidad laboral poco más de dos millones de pesos.

Fuente: Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro

Foto ilustrativa

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