La Superintendencia General de Aguas de Río Negro estableció en $3.364,38 por hectárea y por año el canon de riego para los usuarios y recordó que el valor se ha mantenido sin variaciones desde el año 2013.
Por ese motivo, el organismo consideró que corresponde actualizar de acuerdo a la redeterminación del contrato de operación y mantenimiento del canal Ingeniero J. C. Suarez (Pomona-SAO), que en el período agosto de 2012–septiembre 2020 refleja una variación del 664,67 por ciento
La resolución expone que la utilización de agua para aplicar a la agricultura de regadío deberá contar con la correspondiente autorización administrativa, de acuerdo a lo fijado en el artículo 22° y siguientes del Código de Aguas de Río Negro.
También que “existen facultades suficientes para el dictado de la presente resolución en el artículo 260° inciso a) del Código de Aguas”.
La estructura se extiende a lo largo de 194 kilómetros desde la toma en el canal matriz Sur del Valle Medio y que abastece de agua para consumo humano a las poblacions de San Antonio Oeste, Las Grutas y Puerto del Este.