Dos casos: Viajó a Bs As en 0 km y el motor falló. Filtraciones socavaron cimientos de casa

 

Un hombre de Cipolletti compró una camioneta Renault Captur en Neuquén, pero presentó fallas el mismo mes que la había retirado de la concesionaria. Hizo un primer viaje a Buenos Aires y en la capital tuvo que llevarla a un mecánico. De regreso, la situación se repitió en Catriel hasta que finalmente la unidad cero kilómetro volvió a la agencia oficial remolcada en una grúa. Un fallo civil ordenó la sustitución.

En un taller de Neuquén la camioneta fue reparada. Surge del informe que el vehículo ingresó por grúa testigo llave, antipolución, sistema de frenado activado; el VH el motor queda en marcha pero no tiene reacción, con lo que se solicita el ajuste de conectores y cambio de cableado, DLR izquierdo no funciona (luces de conducción diurnas).

Ante ese panorama, el cliente consideró que la camioneta ya no cumplía la expectativa de calidad y no quiso retirarla. En consecuencia, inició un juicio civil.

La pericia mecánica fue determinante para el resultado del juicio ya que el fallo de Cipolletti le ordenó a la empresa neuquina y a Renault Argentina SA que sustituya la camioneta por otra unidad de iguales características.

Luego de la reparación, a raíz de las pruebas realizadas, el vehículo funcionó correctamente pero en cuanto a la pregunta puntual de que si es conveniente el cambio de unidad, el perito  sostuvo que “hallada la causa y resuelta el vehículo puede funcionar  perfectamente como un 0km”.

Las partes pidieron mayores explicaciones a esa pericia pero no fueron respondidas.

La sentencia concluyó que no puede extraerse de ese dictamen una conclusión contundente y certera, pues no brinda a ciencia cierta si los resultados fueron eficaces al punto de asegurar que no se volverá a repetir la falla (tres veces acaecida) , tal como correspondería a un vehículo de mínimo kilometraje.

Consideró el fallo que no se puede obligar al comprador  a llevarse el auto nuevamente arreglado y esperar a que se presenten o no nuevas fallas, luego de haber ya sufrido tres desperfectos que lo han dejado a pie en menos de dos meses de haberlo comprado.

“Un automóvil con pocos kilómetros de rodamiento y con desperfectos que detuvieron su marcha en plena circulación destruye cualquier confianza, seguridad y confort que un usuario deposita en la adquisición de una unidad 0km”, surge de la sentencia.

Fuente: Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro

Filtraciones socavaron cimientos y prestadora de servicios deberá pagar

Las pericias demostraron que una persistente filtración desde la vereda socavó los cimientos de una casa de plan, en la ciudad de Allen, y un fallo de la Justicia Civil condenó a ARSA no sólo a pagar los arreglos de la vivienda, sino también el daño moral que sufrieron sus propietarios y un alquiler temporal para que la familia pueda dejar el domicilio mientras duren las reparaciones.

La pérdida de agua se detectó en un hidrante -una bocatoma de la que se abastecen los Bomberos en casos de incendio- ubicado justo en la esquina de la casa. Los estudios de ingeniería acreditaron que el agua removió el suelo bajo la vivienda y que ésta se “hundió” alrededor de cinco centímetros hacia la calle, provocando importantes rajaduras en las paredes de varios sectores.

“Si bien la empresa ARSA alegó en el juicio que los daños fueron consecuencia de las obras de remodelación y planta alta que la familia realizó en la vivienda del IPPV, los arquitectos e ingenieros que analizaron las secuelas concluyeron que todo fue a causa de la erosión subterránea provocada por el agua”.

Según relataron los afectados, el juicio ante el Juzgado Civil N° 5 de Roca comenzó luego de numerosos reclamos que realizaron personalmente, por nota y por cartas documento. Como sólo consiguieron reparaciones parciales pero la pérdida continuaba, hicieron certificar la filtración con un escribano público. Luego ,iniciaron una mediación, que fracasó porque la empresa demandada no se presentó a la instancia.

Durante el juicio, una pericia psicológica verificó además la afectación emocional que sufrió el marido y el daño psicológico concreto que la situación generó a la esposa. Por eso la demanda también prosperó por la indemnización del daño moral para ambos.

El monto final de la reparación económica -más sus intereses- se definirá en la etapa de ejecución de sentencia, una vez que quede firme el fallo que declaró la responsabilidad de ARSA, el cual aún puede ser apelado.

En la futura instancia de ejecución, con la participación esencial de un perito ingeniero, se deberá diseñar y presupuestar la obra de reparación integral de la casa. Una vez finalizados los arreglos, se deberá calcular la eventual desvalorización de la propiedad y, mientras duren los trabajos que deberá costear la empresa, ésta deberá también pagar el alquiler de una vivienda de similares características para que pueda ser habitada por la familia.

Textos: Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro

Foto ilustrativa

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