Presunto abuso de una joven: Prisión preventiva por varios meses a tres policías

 

Tres policías rionegrinos que habrían abusado a una joven, el pasado sábado en la ciudad de Allen, estarán inicialmente tres meses bajo prisión preventiva, porque el Ministerio Público Fiscal de Río Negro imputó los delitos de abuso sexual agravado y privación ilegítima de la libertad.

La calificación legal por la que acusó el Ministerio Público Fiscal para los tres es ser “coautores de abuso sexual con acceso carnal agravado por la participación de dos o más personas y por el uso de arma de fuego en concurso real con privación ilegítima de la libertad, agravado por el uso de violencia”.

Entre el sustento probatorio mencionado, se encuentra la denuncia penal radicada en sede fiscal y el pormenorizado informe del médico forense del Cuerpo de Investigación Forense del Poder Judicial, que tras la revisión de la víctima se la derivó con urgencia al Hospital local.

La Fiscalía cuenta con el informe confeccionado por las especialistas de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), un allanamiento concretado en la vivienda donde ocurrieron los hechos, y varios testimonios.

“La complejidad de los hechos amerita que pidamos cuatro meses de investigación penal preparatoria”, solicitó el Ministerio Público Fiscal.

Una vez que el juez de Garantías Julio Martinez Vivot tuvo por formulados los cargos, la fiscal jefe Teresa Giuffrida solicitó “para los tres imputados la prisión preventiva para asegurar los fines del procedimiento”.

“El hecho existió, los imputados están siendo investigados por el delito ya mencionado, además se da el peligro procesal de entorpecimiento de investigación que justifica el dictado de la preventiva. Para ello, tengo presente la declaración de la víctima, tengo en cuenta que para concretar el hecho se usó un arma, como también la presencia de tres personas, una de ellas con un arma. Todo esto influye en el estado de vulnerabilidad de la joven, tal lo establecido por las especialistas de la Oficina de Atención a la Víctima”, argumentó la fiscal jefa.

“Estamos ante un claro caso de violencia de género, que debe ser analizado en el marco de la Ley 26485 y la Convención Belém Do Para, donde el Estado tiene el deber que proteger a la víctima, no solo física sino también psicológicamente”.

Finalmente, la fiscal dijo que “en relación al plazo de la investigación preparatoria es el mismo que solicitamos para la prisión preventiva, cuatro meses. Es un hecho grave, que merece una investigación exhaustiva, entre ellos se deben concretar variados análisis, hay que peritar los celulares que fueron secuestrados”.

Tanto la defensa pública penal encabezada por Luis Carrera y que asiste a uno de los imputados, como al defensor particular que está encargado de las otras dos personas, se opusieron tanto a la imputación fiscal como al pedido de prisión preventiva.

Carrera planteó que existe una insuficiencia probatoria, como para formular cargos e iniciar una investigación, y su asistido prestó declaración sin contestar preguntas.

Resolución judicial

Con respecto a la imputación formulada por la Fiscalía, el juez de Garantías sostuvo que “a menos de 48 horas de ocurrido el hecho, hay elementos suficientes para dar por formulados los cargos”, coincidiendo tanto en la descripción de lo ocurrido como en la calificación legal propuesta por la fiscal.

“Está claro el hecho que denuncia la víctima y están claras las lesiones relacionadas con un abuso sexual”, dijo el juez. Valoró además la actitud de la mujer posterior al hecho, pues activó inmediatamente la denuncia y permitió la intervención judicial para los primeros exámenes forenses y de la Oficina de Atención a la Víctima.

Sobre la prisión preventiva que la Fiscalía, solicitó por cuatro meses, y a la que se opusieron ambos defensores, el juez impuso una detención cautelar de tres meses, instando a la realización de las pericias pendientes durante la feria judicial de enero.

El juez avaló la preventiva con varios argumentos: en primer lugar, porque el delito que se investiga tendría, en caso de demostrarse, una pena mínima de 8 años de prisión efectiva. Luego, consideró acreditado el peligro procesal de entorpecimiento de la investigación por el temor manifestado por la víctima.

“Su declaración será una prueba fundamental el día del juicio. Si no garantizamos su resguardo la señora no va a poder gozar de la libertad necesaria para declarar”, valoró. Consideró además que la víctima está en una especial situación de vulnerabilidad, “en el caso de que recuperaran la libertad no tengo certeza de que no le pudiera pasar nada a la víctima”, sostuvo el juez.

 

Fuente: Ministerio Público Fiscal

 

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