Amenazó a pareja por Whatsapp: condenado. Murió e hijas cobrarán indemnización por despido

 

El juez de juicio barilochense Gregor Joos condenó a un sujeto a la pena de ocho meses de prisión de ejecución condicional,  como autor penalmente responsable del delito de amenazas, con costas y fijó pautas de conducta por dos años bajo apercibimiento de revocar la condicionalidad de la pena.

La sentencia se enmarcó en una situación de violencia de género, por lo que se fijó prohibición de acercamiento o de contacto con la mujer víctima.

La causa llegó a juicio con la acusación del Fiscal Tomás Soto y del querellante Alejandro Pschunder por el hecho ocurrido en fecha 17 de Octubre de 2016. En esa oportunidad y en horario estimado de las 17,00 horas, 19 minutos, el hombre imputado, desde su número de teléfono laboral corporativo y a través de mensaje de whatsapp envió a una mujer con quien mantenía una relación sentimental una serie de expresiones amenazantes. Todas ellas hacían alusión a futuras represalias ante hipotéticas situaciones de engaño con otros hombres que endilgaba a la mujer, tales como “Se me va a saltar la cadena…””Te mando a desvalijar…” “No quiero que le sonrías a nadie”, etc.

El fiscal Soto calificó el hecho como constitutivo de “amenazas” conducta prevista en el artículo 149 bis del Código Penal, toda vez que las mismas causaron profundo temor en la mujer. “Esta amenaza resultó el corolario de una serie de situaciones relatadas por la mujer a lo largo del juicio, las que incluyeron violencia psicológica y física, las que perturbaron su psiquis y alteraron su vida cotidiana”.

El individuo imputado dio una versión exculpatoria de los hechos, manifestando que se trata de una especie de represalia,  cuando él le dijo a la mujer denunciante,  que elegía a su familia.

Inició una demanda laboral, murió y sus hijas cobrarán la indemnización por despido

La Cámara Laboral de Cipolletti otorgó una indemnización a favor de las hijas de una trabajadora de la fruta que fue despedida con más de 20 años de antigüedad en un galpón de empaque de la zona.

La mujer accedió a una licencia por enfermedad y la empresa ejerció el derecho de contralor con un médico que discrepó respecto de los certificados emitidos por los profesionales de confianza que asistieron a la paciente. Luego fue despedida por abandono de su puesto de trabajo.

La mujer inició una demanda laboral pero no pudo concurrir a la audiencia de vista de causa. Allí sus abogados informaron que había fallecido.

Los jueces resolvieron hacer lugar a la demanda y condenaron a la empresa a abonarle a las cinco hijas de la trabajadora fallecida la suma de 102.702,03 pesos más intereses en concepto de indemnización por despido, preaviso con Sueldo Anual Complementario, días de abril e integración mes de despido.

La sentencia lleva la firma de los jueces Raúl Santos, Luis Lavedán y Luis Méndez.

About Raúl Díaz

Check Also

Río Negro: Cobro de atención médica a extranjeros. No a “tours turísticos”

  El país está atravesando por una de las peores crisis sociales, económicas y financieras …