Justicia rionegrina condenó a 12 años de cárcel a dos depravados por abusar  de menores

 

Advertencia: Nota periodística con contenido sensible

El Superior Tribunal de Justicia confirmó la sentencia de la Cámara Segunda en lo Criminal de Cipolletti, que sentenció a un individuo a 12 años de prisión por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo.

La identidad del condenado no fue difundida para evitar la identificación de la víctima, quién es su hija.

Los hechos por los que el depravado fue juzgado ocurrieron en Cinco Saltos en el año 2012 en circunstancias que la menor de 12 años visitó al acusado durante un fin de semana. En ese contexto, abusó sexualmente de la niña.

La defensa  pública presentó un recurso de casación cuestionando la sentencia. Sin embargo, durante su revisión, los jueces del STJ convalidaron la decisión del tribunal de Cipolletti.

“El juzgador arribó a un pronunciamiento de condena con un desarrollo completo de la calidad del testimonio de la menor víctima en sí mismo, esto es, en su carácter textual intrínseco. Luego, en cuanto a la exterioridad, vinculó tal relato con otras pruebas que lo corroboran, como los testimonios de la madre y de la tía de la menor, y en particular el de la señora O. y de la perito psicóloga, que dio cuenta de que la niña no presentaba tendencia a la simulación y de la existencia de síntomas de estrés postraumático.

Por último, expuso los motivos que explican las aludidas contradicciones sobre el lugar del hecho, por lo que no tenían entidad para debilitar la totalidad de la prueba de cargo. En síntesis, el razonamiento desarrollado y sus conclusiones, objeto del análisis exigido a este Cuerpo, no muestran los vicios que alega la recurrente y, como afirma la Cámara, el plexo probatorio proporciona razón suficiente a lo decidido”, dice el fallo del STJ.

La sentencia condenatoria fue dictada el 13 de septiembre de 2017.

Condena de 12 años para un individuo que abusó de su nieta

Un abusador de su nieta, menor de edad, fue condenado a la pena de 12 años de prisión, al conocerse la sentencia del juicio realizado ante los jueces Fernando Sánchez Freytes, Gastón Martín y Emilio Stadler.

El sujeto, actualmente de 86 años, había sido declarado culpable en la instancia anterior del proceso, como autor de los delitos de “promoción de la corrupción de menores, agravada por ser el autor ascendiente y encargado de la guarda, en concurso ideal con abuso sexual gravemente ultrajate, reiterado en un número indeterminado de veces”, con las mismas agravantes, todo “en concurso real con acceso carnal” con iguales agravantes y reiteración.

En la audiencia del 26 de febrero la fiscal Teresa Giuffrida solicitó que se le imponga al imputado la pena de 12 años de prisión efectiva. Argumentó que los delitos probados prevén una pena mínima de 10 años de prisión y que corresponde alejarse de ese mínimo, entre otras razones, por la “modalidad ejecutiva” de los abusos y por el “innegable daño moral causado” a la víctima, quien tenía entre cuatro y cinco años cuando ocurrieron los hechos.

En contrario, el defensor particular del imputado, Alberto Gutiérrez, solicitó una “exoneración punitiva”, planteando la “no punibilidad” del acusado, y anticipó que utilizará las vías de impugnación.

Este jueves el Tribunal de juicio definió por unanimidad la pena de 12 años de cárcel más el pago de las costas del proceso.

Los hechos que se probaron ocurrieron entre los años 2010 y 2011, en el domicilio de la víctima, ubicado en una zona céntrica de Roca. La niña quedaba al cuidado de su abuelo cuando su mamá iba a trabajar y en ese contexto el hombre cometía los abusos.

Entre la evidencia valorada para declarar la culpabilidad del imputado se mencionó la elocuente declaración que brindó la víctima bajo el sistema de Cámara Gesell, señalando a su abuelo como “el autor exclusivo de los abusos”, y los informes psicológicos que acreditan la credibilidad y sustento del testimonio de la menor de edad.

También se reseñó en la sentencia de culpabilidad el modo en que los abusos salieron a la luz y fueron detectados por la madre de la niña, hija del imputado, quien radicó la denuncia penal.

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