Actualizan montos por permisos y licencias de caza deportiva. Solo $4.000 por exhibir animales vivos

 

La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de Río Negro estableció que el plazo de vigencia del permiso y licencia de caza en todas sus modalidades, será hasta el 31 de diciembre de cada año y fijó los montos que cobrará el organismo por la extensión de permisos y licencias de caza deportiva para la temporada 2017.

 

Un aspecto llamativo de la resolución 671, emitida el 21 de febrero y difundida oficialmente el lunes pasado, es que para el Registro Provincial de Zoológicos, Parques Zoológicos y establecimientos de exhibición permanente de animales vivos de la fauna silvestre, fijó un monto de solo $ 4.000.

 

Desde hace siete años los valores a percibir por la extensión de permisos

y licencias de caza deportiva estaban sin actualizar, según registros oficiales.

 

Por eso, ahora “resulta necesario una revisión integral de los montos de las tasas a percibir por las distintas actividades establecidas por la Ley Q Nº 2056”.

 

“Se determina el aumento de las tasas a percibir para la emisión de la documentación que autoriza las diversas modalidades de caza e

inscripciones en los registros provinciales conforme se detalla en la parte resolutiva”.

 

A continuación lo que cobrará el organismo provincial en esta materia.

 

 

Personas domiciliadas en el territorio nacional acreditado con DNI/LC/LE o certificado de domicilio, el monto de $ 600.

 

Personas domiciliadas en el territorio provincial, acreditadas con DNI/LC/LE o certificado de domicilio, el monto de $ 400.

 

Personas con domicilio en el exterior, el permiso y licencia de caza deportiva mayor y menor tendrá el plazo de vigencia de 15 días siendo el monto de $ 3.000.

 

Permisos y licencias de caza deportiva para jubilados y pensionados de regímenes previsionales nacionales o provinciales. Con un haber mínimo determinado por la Administración Nacional de Seguridad Social será sin cargo, caso contrario, los valores serán los dispuestos en los incisos a) y b).

 

Permiso de caza para subsistencia, para la obtención del mismo se deberá presentar una declaración jurada donde se deje constancia que la actividad de caza se realiza sin fines comerciales, que el producto obtenido no podrá ser vendido, teniendo como único fin de satisfacer las necesidades de alimentación, manifestando el pleno conocimiento de la legislación vigente que norma la actividad.

 

Las especies sujetas a dicha modalidad de caza, son exclusivamente las habilidades para la caza deportiva, respetando temporadas, cupos y especies. Se debe adjuntar certificado de desempleo otorgado por el organismo correspondiente, en dicho caso será expedido sin cargo.

 

Fijar los siguientes montos a percibir para permisos y licencias de caza comercial:

 

Permiso de Caza Comercial para Residentes Nacionales, según la especie y temporada de caza, excepto para liebre europea se fije el monto de $ 800.

 

Permiso de Caza Comercial para Residentes Provinciales, según la especie y temporada de caza, excepto para liebre europea (Lepus europaeus) se fije el monto de $ 400.

 

Fijar los siguientes montos a percibir para las inscripciones en los Registros Provinciales creados en los arts. 29 y 37 de la Ley Provincial Q Nº 2056, conforme categoría que a continuación se detalla:

 

Inscripción en el Registro Provincial de Cazadores Comerciales se fija el monto de $ 200.

 

Inscripción en el Registro Provincial de Cotos de Caza se fija el monto de $ 2.500.

 

Inscripción en el Registro Provincial de Entidades Profesionales de Caza deportiva debidamente acreditada, sin costo.

 

Inscripción en el Registro Provincial de Guías Profesionales de Caza Deportiva, se fija el monto de $ 2.000.

 

Inscripción en el Registro Provincial de Comerciantes y Acopiadores de ejemplares vivos o muertos de especies de la fauna silvestre, sus productos, subproductos y derivados, excepto para zorros y liebres, se fija el monto de $ 2.500.

 

Inscripción en el Registro Provincial de Comerciantes y Acopiadores de ejemplares vivos o muertos de especies de la fauna silvestre, sus productos, subproductos y derivados, para zorros se fija el monto de $ 2.500.

 

Inscripción en el Registro Provincial de Comerciantes y Acopiadores de ejemplares vivos o muertos de especies de la fauna silvestre, sus productos, subproductos y derivados, para liebres, se fija el monto de $

2.500.

 

Inscripción en el Registro Provincial de Industriales de Productos, Subproductos y derivados de la fauna silvestre, excepto para

zorros y liebres, se fija el monto de $ 2.500.

 

Registro Provincial de Zoológicos, Parques Zoológicos y establecimientos de exhibición permanente de animales vivos de la fauna silvestre, se fija el monto de $ 4.000.

 

 

 

 

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