Conflicto de poderes en Viedma: Justicia dice que concejales invadieron funciones del intendente

 

En un dictamen emitido el miércoles, la Procuración General del Poder Judicial de Río Negro opinó que el Concejo Deliberante de Viedma excedió sus competencias, invadiendo facultades propias del intendente, al aprobar una ordenanza que crea un espacio de negociación colectiva -integrada por los tres poderes del Estado local- que entiende no sólo de cuestiones salariales, sino en relación al régimen de trabajo, condiciones y jornadas.

En los antecedentes de la causa figura que el intendente José Luis Foulkes, con el patrocinio letrado de la abogada Paulina Ojeda Fernández, denunció la existencia de un conflicto de poderes con el Concejo Deliberante por la sanción de la ordenanza N° 7818, del 24 de noviembre de 2016 y solicitó a la Justicia que declare la nulidad absoluta o la inconstitucionalidad de la norma.

Afirmó que mediante la ordenanza cuestionada se crea “un espacio de negociación colectiva -integrada por los tres poderes del Estado Municipal- que entiende no sólo sobre cuestiones salariales sino en relación al régimen de trabajo, condiciones, jornadas, interviniendo también ante conflictos individuales, colectivos y delegando funciones municipales en la Secretaría de Trabajo de la provincia”.

Sostuvo que un artículo de la ordenanza “avasalla funciones que le son propias y exclusivas, porque distribuye la facultad propia del intendente entre los tres poderes del ente comunal”.

Por su parte, la Procuración General mencionó que “puede afirmarse que se concreta en el caso la existencia de un conflicto de poderes entre el Poder Ejecutivo Municipal y la Legislatura Municipal de Viedma en relación a la creación de un ámbito de negociación colectiva comunal que comprende las condiciones laborales de la totalidad de los empleados, es decir de los tres poderes municipales debiendo discernirse cuál de los dos resulta ser el titular de la competencia o facultad decidir sobre ello”.

Entre otras fundamentaciones, indicó que “la normativa cuestionada quita de la esfera de la Mesa de la Función Pública, encabezada por el intendente, una potestad que le es propia, para asignársela a una comisión integrada por distintas autoridades municipales”

“Pero no queda ahí la intromisión en el ámbito de otro poder, sino que además delega en titulares del gobierno municipal funciones no previstas por la carta orgánica, delegando atribuciones de los poderes Ejecutivo y Legislativo al Tribunal de Cuentas, como lo es la discusión y decisión en materia salarial”.

 

 

 

 

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