Legisladores rionegrinos quieren conocer lista de contrataciones de publicidad oficial

 

Un grupo de legisladores rionegrinos solicitó a la Secretaría de Medios de Comunicación de Río Negro, dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, la publicación mensual actualizada del listado de contrataciones de pauta oficial.

Una ley provincial establece la obligación de publicar y actualizar mensualmente el listado de medios o personas físicas o jurídicas a quienes se les asignan pautas publicitarias, indicando su número de registro (Registro Provincial de Medios de Comunicación), características del anuncio y monto de cada uno de los contratos suscriptos

Entre otros aspectos a tener en cuenta es que en muchos casos se destinan excesivos montos de dinero a algunos medios periodísticos que tienen muy pocos oyentes, televidentes o lectores digitales.

Fundamentos legislativos

La Ley Provincial Nº 4391 establece el marco normativo principal para la planificación, coordinación y autorización de publicidad oficial por parte del Poder Ejecutivo provincial y cualquiera de sus dependencias.

El artículo 7° establece principios rectores claros para la asignación de publicidad oficial, tales como el interés general, la veracidad, el libre acceso a la información, transparencia, razonabilidad, el acceso equitativo y pluralista a las oportunidades de expresión, austeridad en la administración del gasto público y publicidad de los actos de gobierno.

El artículo 10° establece la obligación de publicar y actualizar mensualmente el listado de medios o personas físicas o jurídicas a quienes se les asignan pautas publicitarias, indicando su número de registro (Registro Provincial de Medios de Comunicación), características del anuncio y monto de cada uno de los contratos suscriptos. Este artículo, refleja el establecimiento del principio de la transparencia activa, uno de los pilares fundamentales del gobierno abierto, entendida como la obligación del Estado de publicar y difundir proactivamente la información pública sin necesidad de que medie una solicitud expresa por parte de la ciudadanía. Esto incluye, entre otras cosas, la publicación periódica y accesible de datos sobre contrataciones, presupuestos, registros y ejecuciones.

La transparencia activa va más allá de la simple rendición de cuentas, es una herramienta para empoderar a la ciudadanía, permitir el control ciudadano, prevenir la corrupción, y promover una administración pública eficiente, abierta y al servicio del interés general. En el caso de la pauta oficial, no solo implica saber cuánto se gasta y en qué medios, sino también con qué objetivos, a través de qué campañas y bajo qué criterios, y los resultados que se esperan conseguir.

La falta de cumplimiento de estas obligaciones legales y éticas debilita la confianza pública y transforma principios fundamentales en meros enunciados formales.El cumplimiento efectivo de estas obligaciones no debe quedar supeditado a la voluntad de los funcionarios de turno ni a la presión social o legislativa. La transparencia no es una opción ni un gesto político, es un deber legal, ético y democrático.

Para garantizar que estos principios se materialicen, es imprescindible que la ciudadanía y los órganos de control cuenten con acceso a la información que la misma ley exige publicar de forma clara y periódica.En ese marco, para el fortalecimiento de los valores democráticos y la confianza pública en la administración provincial, instamos a la autoridad competente a garantizar el cumplimiento estricto de la normativa vigente mediante la siguiente comunicación.

Por ello:

Autores: Juan MURILLO ONGARO

Acompañantes: Juan MARTIN, Martina LACOUR, Ofelia STUPENENGO, Maria Laura FREI, Gabriela PICOTTI, Claudio DOCTOROVICH

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO

COMUNICA

Articulo 1°.- A la Secretaria de Medios de Comunicación, dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, que dé cumplimiento efectivo a las disposiciones de la Ley Provincial N.º 4391, en especial en lo que respecta a l la publicación en sitio web oficial del Registro Provincial de Medios de Comunicación, creado por el artículo 8º de la citada ley, incluyendo los datos que allí se indican: nombre del medio, titular, tipo, localidad, fecha de inscripción y documentación presentada. La publicación mensual actualizada del listado de contrataciones de pauta oficial, conforme lo establece el artículo 10º de la ley.

Artículo 2°.- De forma.

 

About Raúl Díaz

Check Also

Vaca Muerta: YPF y empresas privadas buscan capacitar a 15.000 operarios en 5 años

  El crecimiento de Vaca Muerta requiere formar a trabajadores que acompañen su desarrollo y, …