Es Luciano Di Cesare, titular del PAMI durante los dos mandatos de la ex presidenta Cristina Fernández. El día que dejó el cargo cobró 1.300.000 por vacaciones no gozadas. Pero fue denunciado y para evitar el juicio oral acordó en una conciliación con el organismo pagarle 88.131.531,86 pesos
Fue por una conciliación a la que llegó con el PAMI para evitar el juicio oral en un caso en el que está acusado de haber cobrado de manera irregular vacaciones no gozadas. El PAMI informó que usará la plata para asistir en prestaciones sociales y médicas a jubilados, pensionados y discapacitados.
Di Cesare asumió al frente del organismo el 10 de diciembre de 2007, cuando Cristina Kirchner inició su primera presidencia. Y dejó el cargo el mismo día de 2015 cuando finalizó su segundo mandato. La historia de la devolución del dinero comienza el 9 de diciembre de 2015.
Ese día, uno antes que Mauricio Macri tome la Presidencia de la Nación, Di Cesare presentó una nota en la que solicitó cobrar las vacaciones no gozadas de 2012, 2013, 2014 y 2015. Explicó que por su trabajo no se las pudo tomar y por usos y costumbres del organismo le correspondía cobrarlas. María Arrouzet, entonces gerenta de Recursos Humanos del PAMI, autorizó la liquidación de las vacaciones y Carlos Galdo, subgerente de Administración de Recursos Humanos, remitió al Departamento de Liquidación de Haberes el pago para que se abone. Y el 10 de diciembre, Di Cesare cobró 1.300.826,77 de pesos por las vacaciones no gozadas.
Pero su reemplazante al frente al frente del PAMI, Carlos Regazzoni, lo denunció penalmente el 17 de diciembre por el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. Explicó que por la ley de contrato de trabajo las vacaciones no gozadas caducan a los seis meses y que está prohibida la compensación por plata.
El caso quedó a cargo del juez federal Ariel Lijo que procesó a Di Cesare, Arrouzet y Galdo y la fiscal federal Paloma Ochoa pidió que sean enviados a juicio oral. No era el primer juicio oral para el ex titular del PAMI. A principios de 2018 fue juzgado por un presunto fraude al PAMI por haber destinado fondos del organismo a letras del tesoro nacional y no a las prestaciones de los jubilados que eran deficientes. Di Cesare fue absuelto.
La causa llegó al Tribunal Oral Federal 7 que fijó la fecha de inicio de juicio para el 15 de febrero pasado, según las constancias de la causa a las que accedió Infobae. Pero los acusados y el PAMI, bajo la actual gestión del gobierno de Javier Milei, mantenían reuniones para llegar a un acuerdo.
Y así lo hicieron y lo presentaron ante el Tribunal Oral. El acuerdo de conciliación estableció que los acusados le pagaban al PAMI 88.131.531,86 de pesos como reparación. Era el monto del dinero que cobró Di Cesare actualizado. A cambio se cerraba la causa penal y los acusados evitan el juicio oral. Ese tipo de acuerdos están previstos en la ley. La mayor parte del dinero lo abonada De Cesare y otra parte Arrouzet pero el acuerdo alcanzaba a los tres acusados.
El PAMI explicó en la causa que la solución le parecía adecuada y que con ese dinero iba a “brindar prestaciones sociales y médicas a una población muy vulnerable de la sociedad argentina, que son los jubilados, pensionados y las personas con discapacidad”. Con la presentación del acuerdo se suspendió el inicio del juicio oral.
Pero la fiscal del Tribunal Oral Fabiana León se opuso. En su dictamen del 8 de febrero, la fiscal señaló que ese tipo de acuerdos están prohibidos para funcionarios públicos y que se trata de un caso que afectó al Estado nacional. “Los fines del proceso penal respecto de delitos como los investigados en la presente causa, los cuales afectan bienes jurídico colectivos que exceden el daño a una víctima concreta, no se ven plenamente satisfechos con la devolución del dinero objeto y resultado del delito o con otro tipo de acuerdo conciliatorio o reparatorio”, sostuvo e hizo referencia al compromiso internacional que asumió el Estado argentino de prevenir y juzgar delitos como la corrupción.
El planteo de la fiscal fue rechazado por mayoría por el Tribunal Oral que aceptó el acuerdo. Los jueces Fernando Canero y Enrique Méndez Signori señalaron que se trata de un caso “de contenido claramente patrimonial”. “Pues ha sido el propio damnificado quien cuantificó el presunto perjuicio ocasionado y consideró que el ofrecimiento económico resultaba suficiente para reparar los presuntos daños en los que se habría incurrido”. explicaron entre otros acuerdos.
Por su parte, el juez Germán Castelli coincidió con la Fiscalía. “El dictamen reposa en otros argumentos que lo sustentan suficientemente para un adecuado control de logicidad; esto es la Fiscalía destacó la calidad de funcionarios públicos de los imputados, se refirió a la gravedad del hecho y la lesión a los bienes jurídicos de los delitos achacados”, señaló.
Así, con el acuerdo de conciliación aprobado a fines de febrero los primeros días de marzo Di Cesare depositó los 88 millones de pesos que ingresaron al PAMI. Pero la causa no se cerró, inclusive corre riesgo que el acuerdo vuelva para atrás.
La fiscal León apeló la decisión del tribunal para que intervenga la Cámara Federal de Casación. Pidió que se revoque el acuerdo y que se haga el juicio oral. La Sala IV del tribunal convocó a las partes a escuchar sus opiniones, lo que hicieron por escrito. Por un lado, el fiscal de Casación Mario Villar mantuvo la postura de su colega del tribunal oral. Y por su parte la defensa de Di Cesare, a cargo de Hernán Canessa, la de Arrouzet, con el abogado Ernesto Martín, y la de Galdo, con la defensora oficial de Casación Daniela Villalón, pidieron que se ratifique la conciliación y el pago del dinero.
Pero a eso se sumó un punto más de discusión. La defensa de Arrouzet pidió hace 10 días la prescripción de la causa. Señaló que el delito que se investiga tiene un pena de seis años de prisión y que ese es el plazo máximo para que se investigue. Solo suspende el plazo las interrupciones de la prescripción y la última fue la citación a juicio oral que ocurrió el 28 de mayo pasado. “En consecuencia, a la fecha ha pasado el plazo aludido (6 años) operando de esta forma la prescripción de la acción penal, debiendo así declarársela”, sostuvo la defensa en el planteo que hizo ante el Tribunal Oral y que informó a Casación.
Así, ahora debe definir Casación con un panorama en el que queda en duda un hecho poco habitual: que un funcionario devuelva plata de la corrupción.
Texto: Martín Angulo