Línea Sur: Jornalero rural denunció a dueño de campo por retener sus cosas. Mediación

En un paraje cercano a la localidad de Comallo, Línea Sur, un jornalero de tareas rurales denunció al dueño del campo que lo contrató por retener su recado, encimera, cinchas, bozal y otros elementos. El hombre manifestó al momento de realizar una exposición policial que junto a su pareja estaban trabajando y que, luego de un mes de trabajo, ante las carencias del lugar sumado a la falta de cumplimiento a las promesas laborales recibidas, decidieron renunciar al empleo.

Cuando iban a dejar el lugar, quiso cargar sus pertenencias pero el dueño del campo se opuso y retuvo su recado hasta que pague lo que consideraba la “estadía” en el lugar.

Según fuentes judiciales, se trata de un caso de retención indebida.

Ante un mediador judicial que intervino -durante casi un año y con diversas estrategias-  el dueño del campo manifestó que les había suministrado leña, forraje y un caballo, alimentos y que lo dejó directamente en el puesto para que no gaste dinero, detallando además  las condiciones de contratación.

Contó además que en una ocasión que lo visitó pudo observar que le mató tres animales, entre ellos una chiva de angora que sólo se consume para esquila.

¿Qué dice el Código Procesal Penal acerca de los criterios de oportunidad?

El artículo 96 del Código Procesal Penal refiere a los criterios de oportunidad y contempla la posibilidad de prescindir totalmente o parcialmente de la acción penal o limitarla a alguna de las personas que intervinieron en el hecho. Se consulta previamente a la víctima si está de acuerdo con la aplicación del mismo, siempre y cuando sean casos de hechos menores, aquellos que no afecten el interés público, delitos culposos o que la pena en caso de recaer condena sea menor a seis años.

Ese artículo expresa que aplica en casos en los cuales se haya ingresado en un proceso de conciliación entre las partes o cuando se haya realizado una mediación penal exitosa, como en este caso, que finalizó en dos soluciones pacíficas para ambos conflictos. En ambos legajos judiciales (otro caso está referido a un hombre que ocasionó daños al parabrisas de un micro de larga distancia en Bariloche), al se brindó la conformidad para dar por terminado el reclamo en la causa penal.

 

FUENTE: MINISTERIO PUBLICO FISCAL / BARILOCHE

Foto ilustrativa

 

 

 

 

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