Dos casos: Imputan a mujer por homicidio agravado. Confirman condena a automovilista

 

El Ministerio Público Fiscal de General Roca imputó a una mujer de 27 años el delito de “partícipe necesaria” del homicidio agravado de Kevin Adrian Giles. De esa manera, la Fiscalía avanza en su teoría del caso y en las imputaciones, concretando también la detención preventiva de la mujer por el plazo de cuatro meses.

“La imputada sería quien en noviembre del año pasado conducía el vehículo Citroen C4 color negro que se le puso a la par del Peugeot 206 color gris en el que se encontraba la víctima fatal transitando por Avenida San Juan y que al llegar a la altura del numeral 4000 (entre calles Cisnes y Gavilán) le dispararon”, describió la fiscal del caso.

La otra persona imputada, y que se encuentra cumpliendo prisión preventiva, “desde el interior del Peugeot, habría efectuado al menos tres disparos con un arma de fuego calibre 22, apuntando directamente a Giles con intención homicida”, señaló la acusación.

“Uno de los proyectiles ingresó en la cabeza de Giles ocasionando que perdiera el control del automóvil y colisionara contra un árbol, a la vez que el victimario y la hoy imputada se habrían dado a la fuga a bordo del Citroen C4”, detalló el Ministerio Público Fiscal.

“Producto del disparo, y tal lo señalado por el médico del Cuerpo de Investigación Forense, Giles sufrió traumatismo encefálico, que horas después le provocó la muerte cerebral y consecuentemente su fallecimiento el 30 de noviembre”, concluyó.

“La mujer con su obrar le prestó la colaboración necesaria toda vez que sin esa participación imprescindible de manejar el vehículo, el otro imputado no habría logrado su objetivo, que era dar muerte a Kevin Giles, y además no habría logrado huir del lugar”, enfatizó la fiscal del caso.

La Fiscalía solicitó la medida cautelar de prisión preventiva por el plazo de 4 meses teniendo presente el peligro procesal de entorpecimiento a la investigación.

Pese a que el defensor penal público se opuso a la misma, la jueza de Garantías tuvo por formulados los cargos y ordenó la detención de la mujer, que se efectivizó durante la misma audiencia celebrada hoy de manera presencial.

 

Confirman condena de 5 años a conductor que chocó, mató y huyó en Regina

 

El Tribunal de Impugnación confirmó la condena de 5 años de prisión y 10 de inhabilitación para conducir que había impuesto un Tribunal de Juicio de Roca a Aldo De Toffol, tras declararlo autor penalmente responsable del delito de “homicidio culposo en accidente de tránsito, agravado por haberse dado a la fuga y no haber intentado socorrer a la víctima”.

Según surge del fallo, el hecho del cual resultó víctima fatal Evelyn Alarcón ocurrió la tarde-noche del 5 de abril de 2021 sobre la avenida General Paz de Villa Regina, entre el canal cementado y el km 105. El hombre conducía una camioneta Chevrolet S10 “en forma imprudente y antirreglamentaria”, dice el fallo, cuando embistió desde atrás a la joven, quien circulaba en una bicicleta en su misma dirección.

Tras el impacto “el imputado se dio a la fuga sin intentar socorrer a la víctima, quien falleció en el lugar”, donde fue hallada a las 23:30 del mismo día.

En su recurso de impugnación, la Defensa no cuestionó la declaración de culpabilidad, sino que se limitó a discutir el monto de la pena aplicada, que es cercana al máximo legal definido por el Código Penal.

Planteó una “falta de fundamentación de la pena”, una “violación del principio de congruencia y de defensa para imponer esta pena” y una “arbitrariedad y ausencia de sana crítica al imponer y desarrollar los fundamentos de la pena”. Pidió así que se reduzca al mínimo legal de 3 años de prisión en suspenso y cinco años de inhabilitación para conducir, afirmando que la sentencia incluyó agravantes no requeridas por las partes acusadoras y no fundamentó adecuadamente el resto de los razonamientos que llevaron al Tribunal a acercarse tanto al máximo legal de la pena, que es de 6 años.

En su fallo, mediante el cual analizó y rechazó uno a uno los puntos del recurso de la defensa, el TI recordó y convalidó las cinco circunstancias que tuvo en cuenta el Tribunal de Roca para imponer esa pena: que luego del hecho el imputado escondió la camioneta; que abandonó la región y llegó a San Antonio Oeste pretendiendo desde allí irse a vivir a Tierra del Fuego; que hubo un alto grado de imprudencia de su parte porque “era un poblador y debió haber sabido que en esa hora y en ese sitio había peatones, autos y bicicleta, y que la calle estaba en mal estado”, y que el hecho por el cual se lo condenó reunía dos de las varias agravantes que incorporó el Código Penal en 2017 para elevar las penas de algunos homicidios en siniestros viales. Como único atenuante, los jueces de Roca consideraron la falta de antecedentes penales del acusado.

Esa suma de agravantes, sostenidas además por la fiscal jefa Graciela Echegaray y por la parte querellante ante el TI, fueron avaladas en el fallo de Impugnación, que finalmente rechazó el recurso del defensor particular y confirmó la condena que habían dictado en marzo los jueces de Roca Alejandro Pellizzon, Fernando Sánchez Freytes y Julio Martínez Vivot.

Fuentes: MINISTERIO PÚBLICO FISCAL / GENERAL ROCA y Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro

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