Cuesta del Ternero: Policía sigue custodiando el predio ocupado. “Tareas de prevención”

 

En el marco de la decisión del juez barilochense Ricardo Calcagno de no hacer lugar al pedido de las partes de ingresar alimentos a las personas que se encuentran ocupando un campo en Cuesta del Ternero, personal de la Policía de Río Negro “aguarda directivas de la Justicia respecto a los pasos a seguir”, confirmó el gobierno de Río Negro en un comunicado difundido ayer.

“Conforme a la orden judicial que se impartió en su momento, se continúa custodiando el predio así como también la zona del Destacamento de Cuesta del Ternero en donde un grupo de personas sigue manifestándose desde el día lunes”.

Actualmente, efectivos de las unidades dependientes de la Unidad Regional III, con asiento en Bariloche, y del Grupo COER de la Policía de Río Negro permanecen en el sector cumpliendo tareas de prevención”, concluyó.

Por su parte, el Ministerio Público Fiscal y la Fiscalía Descentralizada de El Bolsón difundieron un comunicado titulado “Cuesta del Ternero, comenzaron audiencias de formulación de cargos”.

El Ministerio Público Fiscal formuló cargos a cuatro de las personas acusadas de usurpar  un campo en la zona de Cuesta del Ternero, ocurrida el sábado pasado. La tierra fue restituida hoy a su ocupante fiscal de manera pacífica.

Según la acusación formulada por los fiscales en la audiencia realizada vía zoom, los cuatro hombres, quienes conjuntamente con dos mujeres y otras personas aún no identificadas pertenecientes a la comunidad mapuche autodenominada “Lof Quemquentreu”, en horario no determinado del día 18 de septiembre, ingresaron clandestinamente a un campo del Paraje Cuesta del Ternero de la localidad de El Bolsón.

“De esta manera despojaron de la posesión pacífica que se detentaba desde el año 1981, invadiendo el predio e impidiendo a éste a realizar las actividades forestales y ganaderas, cortando especies arbóreas, manteniéndose dentro del predio e instalando pancartas y una bandera mapuche. Con este accionar impidieron al denunciante disponer libremente de su finca”.

“La evidencia reunida y que sustentó esta audiencia cuenta con la denuncia realizada el día 18 de septiembre, copia de plano de caracterización del predio y de la forestación otorgado por autoridades competentes, acta de comparendo mediante en la cual se deja constancia que fue comisionado para realizar citación mediante cédula de las personas que usurparon el lugar, con el objetivo que se presenten ante la Fiscalía el día 21 de septiembre. En esa ocasión fueron  recibidos por una persona encapuchada, presentándose como representante de la comunidad, quien se negó a recibir la cédula, a brindar sus datos personales”.

Se agregan entrevistas, copia de contrato de explotación forestal, mapa satelital de la ubicación de la propiedad, informe de procedimiento realizado el día 20 de septiembre, en la que intervino el fiscal de la Descentralizada, en la cual consta que se negaron a ser individualizados -lo cual se repitió al día siguiente- soporte de fotografía y videos -algunas de ellas obtenidas mediante dispositivo drone-, acta de allanamiento realizado en el lugar del hecho del día de hoy”, aludiendo al viernes 24

El abogado por la querella adhirió en su totalidad a lo formulado por la Fiscalía.

Los acusados fueron asistidos por la defensa pública penal, quienes hicieron uso de la palabra, brindando su versión de los hechos sucedidos. Planteó el defensor su teoría del caso en virtud de los argumentos esgrimidos por los acusados, que no hubo valoración por parte del estado de la autopercepción por más que no se haya avanzado en los reconocimientos administrativos. No manifestó su rechazo a la formulación de cargos.

La Fiscalía explicó que el procedimiento tuvo el objetivo de identificar a las personas allí ubicadas y que fueron demoradas a tal fin ante la negativa de los hoy acusados. En el caso de dos mujeres que se identificaron fueron puestas en inmediata libertad. Agregaron los fiscales que la normativa citada no es de aplicación en el orden penal.

El juez de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos por el hecho que constituye el delito de usurpación como coautores de acuerdo a lo normado en los artículos 45 y 181 inciso 1° del Código Penal. Habilitó además la investigación por el plazo de cuatro meses e impuso medidas cautelares tales como prohibición de acercamiento al denunciante a una distancia no menor a los cinco kilómetros y de contacto por cualquier medio con él o su familia, por el plazo de 10 días.

Fuente: Gobierno de Río Negro y Ministerio Público Fiscal

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