Marinao: Mejorar condiciones de los partos. Barreno pide informes por 50 equipos respiradores

 

 

El legislador Alejandro Marinao (FdT) impulsó el proyecto de ley de las Condiciones Obstétricas y Neonatales Esenciales, como requisitos obligatorios para el funcionamiento de todos los establecimientos sanitarios, públicos o privados, habilitados para la atención de partos en la provincia de Río Negro, con el fin de promover “la humanización del parto y contribuir a reducir la morbilidad y mortalidad materno neonatal”.

 

La iniciativa, del legislador de Sierra Colorada, propicia que las instituciones habilitadas para la atención del nacimiento perteneciente al sistema de salud, sin excepción deben contar con las siguientes condiciones obstétricas y neonatales esenciales:

 

Quirúrgicas y procedimientos obstétricos

 

Disponibilidad anestésica

 

Transfusión de sangre segura

 

Tratamientos médicos maternos

 

Asistencia neonatal inmediata

 

Transporte oportuno al nivel de referencia

 

Uno de los aspectos de la propuesta parlamentaria  explicó que todos los profesionales que realicen la recepción de un recién nacido deben realizar asistencia en la transición a la vida extrauterina y control térmico del recién nacido y deben acreditar capacitación en reanimación cardiopulmonar neonatal por una institución oficial reconocida.

 

Marinao refirió que el 28 de junio de 2019 ingresó a la Legislatura provincial la nota DPN Nº 3581/VI del subsecretario General del Defensor del Pueblo de la Nación, originando el asunto oficial 1228/19, donde remite copia de la resolución DPN Nº 061/19 que crea el Programa sobre las Condiciones Obstétricas y Neonatales Esenciales (CONE), en el marco de la actuación Nº 8314/15 caratulada “Programa de Seguimiento y Evaluación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Agenda 2030”.

 

“Este es un plan de acción a favor de las personas, el planeta y la prosperidad que también tiene la intención de fortalecer la paz universal y el acceso a la justicia”.

 

Consideró que “resulta prioritario, primordial y constructivo, que como Estado provincial se debe promover normativas complementarias en la temática planteada, considerando ante todo las directrices internacionales y tomando la principal recomendación que plantea:  Que toda mujer tiene derecho a una atención prenatal adecuada y un papel central en todos los aspectos de dicha atención, incluyendo participación en la planificación, ejecución y evolución de la atención; y que los factores sociales, emocionales y psicológicos son fundamentales para una atención perinatal adecuada”.

 

 

Barreno pide informes sobre 50 equipos respiradores

 

Por su parte, el legislador viedmense Pablo Barreno (FdT), junto a 13 miembros de su bloque, presentó un pedido de informes al Ministerio de Salud de Río Negro para que explique las siguientes cuestiones.

 

Informe en qué estado se encuentra el trámite administrativo para la adquisición de 50 equipos respiradores comprados en el exterior, para la incorporación a los hospitales de la provincia de Rio Negro. Además, adjunte copia del expediente administrativo, en el estado en que se encuentre.

 

Detalle la información requerida, por el organismo rionegrino, antes de la adquisición de cincuenta (50) equipos respiradores. E informe si la empresa cumplió con los requerimientos con anterioridad al pago.

 

Informe si existieron gestiones, para hacer averiguaciones o trámites, con el objeto de concretar la compra de los respiradores en el país.

 

Informe si para la compra de los cincuenta (50) equipos respiradores se solicitaron otros presupuestos a fin de establecer la razonabilidad del precio.

 

Detalle si los respiradores cuentan con la “Carta de Representación y Carta de Compromiso”, que contiene la autorización del fabricante o del exportador, para la comercialización de sus productos médicos en Argentina.

 

Informe los datos de la empresa, relacionados con sus inscripciones en los registros nacionales correspondientes, para ser prestador de productos médicos en Argentina. Asimismo, incorpore la nómina del directorio de la misma.

 

Informe los antecedentes y certificaciones que posee “KMG Fueguina” para la importación de insumos y equipos de uso hospitalario, específicamente equipos respiradores. Incluida la expedida por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT). Sírvase adjuntar.

 

Informe a cuáles hospitales o en qué lugares, al día de la fecha, se requiere dicho equipamiento en la provincia.

 

Informe si existen otras compras de equipamiento para complementar las unidades UTI. De existir, informe si se encuentran en idéntica situación a la empresa “KMG Fueguina”.

 

Detalle las compras de aparatos e insumos hospitalarios realizadas, desde la Declaración de la Emergencia Sanitaria por Ley N° 5.436, hasta el día de la fecha. Discrimine número de expediente, tipo de contratación, monto de la contratación, productos adquiridos, estado del trámite.

 

 

 

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