Audiencias judiciales en Río Negro por personas internadas en Instituto e hijos de padres separados

Utilizando la plataforma Zoom debido al aislamiento sanitario por la pandemia Covid 19, se realizó el lunes una nueva audiencia interinstitucional para avanzar en el proceso de externación de las personas que se encuentran internadas involuntariamente en el Instituto Valle Sereno de Roca.

El encuentro fue convocado por la titular del Juzgado de Familia N° 16 de General Roca, que tiene a su cargo el expediente judicial destinado a adecuar las condiciones de tratamiento de ese grupo de personas, a las que se debe garantizar una pronta externación y acompañamiento domiciliario o en instituciones “de medio camino”.

De la audiencia virtual participaron la jueza, la defensora del Pueblo de Río Negro, el defensor general del Poder Judicial, la secretaria del Órgano de Revisión de Salud Mental de la provincia, la coordinadora Zona Alto Valle Este de Salud Mental, la defensora de Menores e Incapaces asignada al expediente, una defensora pública por la Unidad de Defensa de Derechos Sociales y Civiles y un defensor adjunto.

Los funcionarios analizaron los protocolos de internación y externación informados oportunamente por Valle Sereno y coincidieron en la necesidad de realizar una nueva audiencia, esta vez con la participación de la titular de las Relaciones Institucionales del Ministerio de Salud de Río Negro y los responsables del instituto de salud mental. La audiencia fue fijada para el 29 de este mes.

La premura por concretar las externaciones responde a que, en función de los nuevos estándares afianzados por la Ley de Salud Mental y la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la mayoría de los pacientes internados en Roca no cumple con los extremos que autorizan una internación forzosa.

“Si bien integran un colectivo especialmente vulnerable en razón de discapacidades o trastornos de salud mental graves, no se trata de personas que representen “riesgo cierto e inminente para sí mismos o para terceros” ni padecen estados de “descompensación aguda”, únicos supuestos en los cuales la ley autoriza a mantener una internación involuntaria.

Según se estableció en el acta de la audiencia, en el próximo encuentro las partes deberán presentar a la jueza una serie de avances y un plan de externación para las personas que se encuentran en condiciones de ser dadas de alta. A tal fin, la Defensoría del Pueblo y el Órgano de Revisión de Salud Mental -que depende de la primera- articularán previamente los intercambios necesarios con el Ministerio de Salud y las Defensorías.

Viedma: Mediación: acercar posiciones en beneficio de hijos e hijas

El vínculo de hijos e hijas en el caso de familias con padres y madres no convivientes es una de las preocupaciones que se sumó a las que ya trajo aparejada la pandemia del Covid 19. A través de que mecanismos continuaría la comunicación en tiempos de aislamiento y de qué forma se haría efectiva la prestación alimentaria fueron sólo algunos de los temas que dieron forma a las 95 audiencias de mediación que desde principio de abril se desarrollaron en la primera circunscripción judicial. 

Los desencuentros entre padres y madres en relación al cuidado de hijos e hijas trascienden a la pandemia, pero el aislamiento y la situación económica ante este inusual contexto permitieron que se acrecienten. Por ello en Río Negro continuaron las audiencias de mediación prejudicial de forma virtual, durante el período excepcional de atención judicial, constituyéndose en la primera provincia en contar con un protocolo especial.

La Defensa Pública continuó trabajando esta semana con una decena de audiencias de mediación a través de diversos dispositivos de comunicación (llamadas telefónicas, videollamadas de whatsapp, plataformas virtuales), buscando lograr acuerdos entre partes relacionados, en la mayor cantidad de los casos, con temas de familia.

En este proceso, son los defensores civiles quienes determinan qué casos son susceptibles de trabajar en audiencias de mediación y realizan la derivación al área en la que un equipo de Defensores adjuntos continúan con el asesoramiento, encauzando el proceso que comandan -en general- los mediadores y las mediadoras pertenecientes al Centro de Mediación Judicial.

Ante intereses contrapuestos planteados por dos personas a través de su defensor, un mediador o mediadora trabaja desde una posición neutral tratando de indagar en los argumentos que justifican esas íntimas posiciones y buscando aunar criterios para lograr respuestas que satisfagan a ambos. Es allí donde radica la importancia de la mediación prejudicial.

Los 56 acuerdos alcanzados en estas últimas semanas dan cuenta de que muchas veces los desencuentros parten de una imposibilidad de comunicación y que existen al alcance de todos y todas herramientas que remueven esos obstáculos permitiendo el fortalecimiento de vínculos pacíficos.

Fuente: Ministerio Público Fiscal de Río Negro

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