Caso uno ¿Abusador?: “No hay pruebas para condenar a este señor” Dos: Sentenciado por besar a niña

La Fiscalía Descentralizada de Rio Colorado solicitó que se declare culpable a un sujeto de 33 años por los delitos de “abuso sexual con acceso carnal agravado y corrupción de menores agravada”, porque se lograron probar tres hechos imputados oportunamente en la formulación de cargos. Una defensora oficial sustentó que “no hay prueba contundente para acusarlo”.

Las situaciones ocurrieron durante el domingo 17 de junio de 2018 en la casa familiar, donde residía el acusado junto a la madre de la menor víctima y otros niños. En el momento en que la mujer se ausentó de la vivienda, el imputado aprovechó la situación y cometió los abusos”, expresó el fiscal Daniel Zornitta.

Durante los tres días que duró el debate judicial el fiscal y la defensora pública oficial, Josefina Santos, interrogaron a los testigos propuestos por las partes.

Entre ellos, declaró la médica ginecóloga que atendió a la niña en el hospital de Río Colorado el mismo domingo de los hechos, las licenciadas en psicología que concretaron las Cámara Gesell, la mamá de la víctima, que radicó la denuncia y la madrina de la niña. También lo hizo personal policial de la Comisaría 11 de la localidad, el equipo interdisciplinario del SENAF y otros testigos.

Por su parte, Santos sostuvo que “no hay prueba contundente” para acusar a su asistido y que de los tres hechos sostenidos por la acusación, sólo queda claro uno, por ello solicito la absolución, por la duda razonable”.

Para esta parte, el sustento probatorio no logra superar la duda razonable para condenar a este señor, ninguno de los testigos, salvo la niña, han logrado señalar los tres hechos esgrimidos por la acusación”, dijo Santos.

El Tribunal de Juicio interviniente, integrado por los jueces Gastón Martín, Alejandro Pellizón y Maximiliano Camarda, dará lectura del veredicto el martes 1 de octubre a las 12:00 en General Roca.

 Deniegan un recurso a condenado por manosear y besar a una niña

El Superior Tribunal de Justicia denegó el recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa pública de un individuo que fue condenado a la pena de seis años de prisión como autor del delito de abuso sexual gravemente ultrajante.

El fallo fue dictado por la Cámara Primera en lo Criminal de Cipolletti en noviembre de 2016. Tiempo después, el acusado fue detenido con prisión preventiva por incumplimiento de las pautas de conductas.

El nombre del condenado no se consigna aquí porque pertenece al círculo íntimo de la víctima y lo que se pretende es resguardar a la niña de siete años. Surgió de la acusación que el imputado aprovechaba a quedarse a solas con ella y le efectuaba tocamientos por arriba de la ropa. También le dio besos en la boca. Ocurrió en Cipolletti.

La sentencia fue confirmada el año pasado por el STJ. En ese fallo quedó expresado que la cámara Gesell con el relato de la niña fue “absolutamente creíble” y que además los testimonios obtenidos en el debate fueron correctamente valorados por los jueces.

“En virtud de lo expuesto, es dable concluir que no se verifica un perjuicio para la parte recurrente, lo que se suma a la circunstancia de que tampoco demuestra en el recurso la falta de razonabilidad de los parámetros ponderados (entre los que se destacó la reiteración en el tiempo y la especial vulnerabilidad de la víctima debida a su edad y aprovechada por el autor), ni acredita que el monto determinado sea excesivo ni desproporcionado en relación con las constancias del expediente, las que han sido valoradas mediante una motivación suficiente”, dice la sentencia que rechazó la queja por casación denegada.

Con posterioridad, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal que tampoco prosperó. Como última instancia, el condenado podría presentar una queja ante la Corte Suprema.

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