Nueva imputación para automovilista que habría provocado, borracho, la muerte de una pareja

El 20 de enero de este año, aproximadamente a las 18:30, en avenida General Paz frente a la chacra Nº 90, en Villa Regina, un sujeto conducía un vehículo Citröen Berlingo, sin licencia de conducir, y con un nivel de alcohol en sangre de entre 2.29 y 2.50 g/l al momento del hecho.

Además, circulaba a una velocidad superior a 83.5 km/h, aproximadamente, por avenida General Paz en sentido Sur-Norte, realizando maniobras de adelantamiento a los vehículos que lo antecedían.

“Al llegar a la altura de la chacra Nº 90, invadió el carril contrario de circulación y embistió de manera frontal a la moto en que se movilizaba la pareja, que lo hacía por avemnida Gral. Paz en sentido Norte-Sur”.

“A consecuencia de su conducción imprudente, negligente y antirreglamentaria de un vehículo automotor, puesto que no mantuvo el efectivo dominio del vehículo, careciendo de licencia habilitante para conducir, con una alcoholemia superior a 500 mg por litro de sangre y habiendo excedido el límite de velocidad permitido para la arteria, una avenida, el cual es de 60km/h, produjo la muerte de Alan Roberto Daniel Marcolongo y de Eliana del Carmen Cheuquepan Correa, quien estaba embarazada de 15 semanas”.

El viernes 14, la fiscal del caso de la Descentralizada de Regina, Vanesa Cascallares, participó de la audiencia de reformulación de cargos por el homicidio culposo de Alan Roberto Daniel Marcolongo y de Eliana del Carmen Cheuquepan Correa.

Del imputado no se dio a conocer oficialmente su identidad.

Durante la etapa preparatoria de investigación, la Fiscalía realizó medidas que arrojaron resultados que agravaron al hecho, como el análisis de alcohol en sangre del conductor y la pericia accidentológica.

Además, la representante del Ministerio Público Fiscal readecuó también la calificación legal, que a partir de ahora pesa sobre el imputado: “homicidio culposo agravado por el uso de vehículo automotor, pluralidad de víctimas (dos víctimas fatales), por haber obrado con culpa temeraria, excediendo en más de 30 km/h el máximo permitido en la zona y con un nivel de alcoholemia superior a 500 mg por litro de sangre”.

La defensa particular no se opuso a la reformulación ni a la nueva calificación legal y el juez de garantías Gastón Pierroni resolvió aceptar lo propuesto por la fiscalía.

Siguen vigentes sobre el imputado las medidas cautelares solicitadas por Cascallares, que es prohibición para salir del país, presentaciones semanales en Comisaría y prohibición para conducir.

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