Distribuirán materiales de construcción remanentes de la ex empresa Viviendas Rionegrinas

 

El IPPV avanzó en la definición de un mecanismo que permitirá distribuir a sectores de la población con escasos recursos económicos materiales de construcción remanentes de la disuelta empresa Viviendas Rionegrinas que actualmente se encuentran en depósitos.

Fuentes oficiales confirmaron que se registra una fuerte demanda de provisión de materiales por parte de diferentes sectores de la sociedad, entre los que mencionaron personas carenciadas o de escasos recursos económicos, personas jurídicas sin fines de lucro y entidades de bien común.

El mecanismo está contenido en el decreto Nº 1914, del 12 de diciembre del año pasado y oficialmente difundido este jueves.

Explicaron que la Ley Nº 4.842, en sus artículos 16 y 17, autoriza la disolución de la ex empresa Viviendas Rionegrinas Sociedad del Estado, transfiriendo la totalidad del patrimonio y recursos con que contaba al IPPV.

Reconocieron que “existe un abultado remanente de materiales en los distintos depósitos de la provincia, inventariados por resolución N° 1.047/17 del registro del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda (I.P.P.V.) que el Instituto pretende utilizar para cumplir con el objetivo de elevar la calidad de vida de la población”.

“Para responder a dicha demanda social, se hace necesario que el Instituto regule un mecanismo de trabajo que permita disponer la distribución del remanente de materiales y de adquirir otros con recursos propios para cubrir aquellos requerimientos que no puedan ser satisfechos con los materiales existentes en los depósitos, asegurando las garantías de transparencia de todo acto público”.

El decreto puntualizó también que “el Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda (I.P.P.V.) es la autoridad de aplicación del Programa de Promoción Comunitaria creado por los decretos N° I.472/98. N° 1.427/99, por el que se dispone la entrega de materiales de construcción en carácter de aportes no reintegrables, junto con la proporción de mano de obra, asistencia técnica y demás elementos necesarios para la construcción, refacción o mejoramiento de viviendas”.

“Que la resolución Nº 591/05 ratificada por decreto N° 553/05, reglamentó el mencionado programa, se halla desactualizada en función de la sanción de la Ley N° 4.842, y de la nueva estructura funcional del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda (I.P.P.V.), por lo que se hace necesaria su modificación”.

Más adelante destacó que “promover el otorgamiento de materiales en carácter de aportes no reintegrables contribuirá sin duda a atender y disminuir el déficit habitacional cuantitativo y cualitativo de un sector de la población que hoy no dispone de una ventanilla con posibilidad para acceder a créditos”.

La parte resolutiva del decreto 1914 consigna:

Por ello: El gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA: Artículo 1°.- Derogar el decreto N° 853/05, que ratificó la Resolución N° 591/05 del registro del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda, reglamentaria del Programa de Promoción Comunitaria creado por Decreto N° 1.472/98, modificado por decreto N° 1.427/99, de conformidad con los fundamentos vertidos en los considerandos. Art. 2°.- Aprobar la nueva reglamentación del decreto N° 1.472/98 y su modificatorio, decreto N° 1.427/99, que se incorporan como Anexo I (MATERIALES A APLICAR AL PROGRAMA DE PROMOCION COMUNITARIA SEGÚN INVENTARIO RESOLUCIÓN Nº 1047/17-IPPV), II (PROGRAMA PROMOCION COMUNITARIA PERSONAS FISICAS), III (PROGRAMA PROMOCION COMUNITARIA-PERSONAS JURIDICAS), IV (LISTADO DE MATERIALES APROBADOS), V (CERTIFICACIÓN DE ENTREGA DE MATERIALES), y VI (CONVENIO MARCO), que firman parte integrante del presente decreto, pudiendo estos anexos ser modificados por el Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda (I.P.P.V.) en función de las modalidades y vicisitudes que deriven de la implementación del programa”.

Art. 3°.- Las personas físicas o jurídicas comprendidas por los alcances del Programa de Promoción Comunitaria, o en su caso quienes en su nombre y representación soliciten el beneficio, deberán presentar su solicitud ante la máxima autoridad del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda (I.P.P.V.), sin cuya aprobación no podrá continuarse el tramite respectivo.

About Raúl Díaz

Check Also

Instalación de resonador en Río Negro. “Salud acordó con Nación que sea en Cipolletti”

La provincia de Río Negro garantiza la instalación de un resonador en su jurisdicción. Oficialmente, …