Violó a su propia hija: 12 años de cárcel. “Abuelastro” abusador sexual: Estaría 9 años en prisión

 

Un abusador sexual de su propia hija fue condenado a 12 años de cárcel y otro sujeto que violó a la nieta de su pareja podría pasar nueve años en prisión. Los hechos ocurrieron en Cinco Saltos y en el paraje El Treinta, en el Alto Valle, y los autores de los aberrantes sucesos no fueron identificados por la información judicial.

Por uno de los hechos y en la lectura de sentencia se conoció ayer la condena a 12 años de prisión por un caso de abuso sexual agravado por el vínculo. Por el Ministerio Público Fiscal intervino en el juicio el fiscal Marcelo Gómez, quien solicitó que el individuo sea condenado a prisión efectiva. El ahora condenado permanecerá privado de la libertad.

El Tribunal que dictó la sentencia estuvo conformado por los jueces César Gutiérrez Elcarás, Pablo Repetto y Lucas Lizzi.

El hecho llevado a juicio ocurrió en Cinco Saltos en 2012, cuando la víctima tenía 12 años, quien resulta ser la hija del imputado, tras tomar una bebida que su padre le dio, fue abusada sexualmente por este último. La declaración de la adolescente a través del sistema de Cámara Gesell resultó fundamental para la resolución del caso.

Durante el proceso, la víctima fue asistida por la Oficina de Atención a la Víctima, dependiente del Ministerio Público, que acompañó a la joven y sus allegados en la lectura de sentencia realizada al mediodia.

En sus alegatos, Gómez solicitó la pena a 15 años de prisión, aunque finalmente la impuesta será a 12 años de cárcel.

Aunque el fallo no se encuentra firme, el acusado permanecerá detenido en carácter de prisión preventiva. El motivo de la privación de la libertad es que antes del juicio el hombre mudó su lugar de residencia sin autorización judicial, por lo que se consideró acreditado el riesgo de fuga.

Por el otro hecho, el Ministerio Público Fiscal propuso una condena a nueve años de prisión efectiva por un caso de abuso. La defensa particular del imputado y el acusado aceptaron las condiciones impuestas por la fiscalía y la culpabilidad del sujeto en el hecho. La víctima – quien es mayor de edad – también acompañó la decisión. Resta la homologación de la propuesta por parte del Tribunal.

Según explicó el fiscal jefe Gustavo Herrera, en un juicio tradicional y teniendo en cuenta las características de la causa, en caso de que se dictara una sentencia condenatoria el acusado contaba con la posibilidad de presentar recursos ante el Superior Tribunal de Justicia y la Corte Suprema de Justicia de la Nación por lo que la resolución quedaría firme recién en aproximadamente tres años. Durante ese plazo, según la legislación vigente, el hombre permanecería en libertad.

Mediante esta modalidad abreviada, con la aceptación de la culpabilidad del hecho y de la condena propiamente dicha, la sentencia quedará firme en los próximos días por lo que el acusado comenzará a cumplir con la misma a la brevedad.

El hecho llevado a juicio ocurrió en el Paraje El Treinta en agosto de 2015, cuando el imputado quien era pareja de la abuela de la víctima, abusó sexualmente de una adolescente que en ese momento tenía 16 años.

En una entrevista con Herrera, la víctima quien cumplió la mayoría de edad y asistió a la audiencia junto con familiares, fue informada respecto a las posibles alternativas para la resolución de este caso. El fiscal la interiorizó respecto de los alcances del juicio abreviado y la joven respaldó la decisión de avanzar con este tipo de proceso.

En los juicios realizados bajo la modalidad abreviada, se requiere de forma indispensable que el imputado acepte la autoría del hecho, la calificación legal y el monto de la pena que la fiscalía propone. Como uno de los beneficios principales de esta modalidad, se destaca que la pena adquiere firmeza a los pocos días de dictada, toda vez que por realizarse con aceptación por parte del imputado es muy poco habitual que sus representantes legales intenten interponer algún tipo de recurso.

Por tratarse de un juicio de transición – es decir del viejo sistema procesal – el Tribunal competente en el caso es la Cámara Primera en lo Criminal que deberá resolver si acepta o no la propuesta realizada.

 

 

 

 

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