Legisladora rionegrina pedirá al Senado que tenga en cuenta reclamos de galgueros

 

La legisladora rionegrina Sandra Recalt (JSRN) solicitará al Senado de la Nación que se tenga en cuenta el reclamo de los propietarios de perros galgos de competición para “tener un marco jurídico que permita regular la actividad en canódromos y carreras, en el marco del total resguardo de los derechos del animal”.

En el proyecto de comunicación que presentó este jueves, Recalt expuso los siguientes fundamentos.

 El galgo es una raza canina pura, es decir que sus características se han logrado por selección a través de los siglos y no por cruce de otras razas. Son perros corredores que pueden alcanzar 60 kilómetros por hora y realizan desplazamientos extremadamente veloces gracias a la potencia, agilidad y rapidez de contracción de sus músculos; su potente estructura los hace prácticamente el más veloz respecto de sus congéneres.  Por las características propias de la raza, es un animal que instintivamente persigue pequeños animales.

Las tradicionalmente conocidas como carreras de galgos son competencias entre los perros que corren generalmente en pistas rectas de aproximadamente 500 a 800 metros, tras un señuelo o liebre artificial como presa que va siempre por delante de ellos y nunca pueden darle alcance hasta llegar a la meta.

La distancia de estas pistas puede variar desde 210 metros hasta 1.100 metros y en ellas pueden participar hasta ocho animales. Cada perro tiene un número, lleva un bozal ligero y va vestido con los colores distintivos del propietario. Todos los perros salen al mismo tiempo de unos compartimientos independientes que se abren a la vez. En cuanto ven la “liebre”, su instinto les impulsa a correr tras ella y empieza la carrera.

El galgo es un “atleta” que se seleccionó para correr una presa artificial y que corre voluntariamente, es imposible que un galgo pueda correr un señuelo inducido por la voluntad humana, lo corre instintivamente. Es el don que esta raza tiene y es hoy este talento su propia condena.

Estas carreras son una actividad milenaria y mundial -ya que existen canódromos en muchas partes del mundo como Estados Unidos, España, Australia, Nueva Zelanda y Sudáfrica- arraigada en el interior de nuestro país que genera y sostiene puestos de trabajo genuinos.

El ritual de las carreras de galgos tiene una larga tradición en la Argentina, ya que hace más de 60 años que comenzaron la actividad a la que en los últimos años muchos argentinos se han volcado y se calcula que aproximadamente 3 millones de personas directa o indirectamente participan de ella: crianceros, cuidadores, vareadores, organizadores, propietarios, veterinarios y galgueros en general.

En nuestro país, los enfrentamientos históricos entre grupos en contra y a favor de las carreras de perros finalizó en noviembre del año pasado, con la promulgación de la Ley 27.330, que prohíbe la actividad en todo el país con condenas de tres meses a cuatro años de prisión para quienes las organicen, promuevan o faciliten.

Esto lleva a plantear el interrogante de si en adelante se legislarán nuevas prohibiciones a juegos en los que un animal es partícipe necesario como en las tradicionales carreras de caballos, las jineteadas, la pesca deportiva, el hockey, el pato o el polo (que distingue por el mundo a la Argentina) y hasta la colombofilia.

Para quien defiende la actividad “galguera”, lo que se encuentra fuera de controversia es que puedan admitirse actos de crueldad contra cualquier animal. Para ello se encuentra en vigencia la ley nacional 14.346 contra el maltrato animal y en consecuencia existe un instrumento para actuar en casos que se detecten esas conductas, de canódromos ilegales y de apuestas no reguladas. Un eventual maltrato animal por parte de algunos irresponsables no resulta razonable a la hora de prohibir una actividad por los eventuales delitos que pudieran asociársele.

En lugar de vetar ciertas actividades, se debe fijar el marco jurídico que reglamente la actividad y favorezca su sano desarrollo, estableciendo parámetros claros de protección de los canes e imponer las sanciones que correspondan a quienes incurran en delitos. Además, la prohibición de las carreras no significará que los perros dejen de correr, sino que forzará a que las competencias se realicen en la clandestinidad.

Todas las asociaciones y grupos defensores de las carreras de galgos del país coinciden en el cuidado del animal, ya que es el principal actor de esta actividad con profundas raíces tradicionales, y como tal deben ser rigurosamente cuidados ya que son atletas y para poder expresar su mayor potencial deportivo requieren de asistencia veterinaria permanente, de planes sanitarios rigurosos y controles periódicos.

En síntesis, la mejor forma de cuidar al animal es regular y legalizar esta actividad que involucra a miles de familias y conservar esta tradición popular que es un esparcimiento y diversión de un sector importante de la población, fundamentalmente del interior del país.

Por último, cabe destacar que es una actividad que también genera ingresos de divisas a nuestro país, dado que Brasil, Uruguay y Chile son clientes de los caninos Greyhound (galgos) por la calidad de los mismos”.

 

 

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