Gobierno de Río Negro busca que los municipios rindan más rápido los subsidios oficiales

 

El Gobierno de Río Negro estableció un procedimiento excepcional de rendición aplicable a todos los subsidios o aportes no reintegrables otorgados a los municipios con anterioridad al 7 de abril de 2016. Reconocen que hay rendiciones vencidas y que entorpecen las actuaciones administrativas.

La medida oficial rige a partir de este lunes 24 a través del decreto 360, emitido el 30 de marzo y difundido hoy oficialmente.

El procedimiento se regirá por las siguientes pautas:

  1. a) Será de aplicación a los subsidios y aportes no reintegrables que hayan sido otorgados con anterioridad al 07/04/16, siempre y cuando no correspondan a la gestión municipal vigente, en cuyo caso corresponde dar cuenta de los fondos por el procedimiento ordinario.
  2. b) Es requisito ineludible para su aplicación que el municipio acompañe ordenanza emitida por el Concejo Deliberante, autorizando la afectación de fondos de la coparticipación provincial de tributos y regalías en caso que los fondos no sean rendidos y aprobados satisfactoriamente.
  3. c) La excepcionalidad del procedimiento consistirá en la posibilidad de rendición del subsidio o aporte mediante certificación emitida por el Tribunal de Cuentas Municipal, determinando fehacientemente el destino de los fondos y su concordancia con el destino previsto al momento del otorgamiento, indicando el monto total erogado y dejando constancia de la devolución efectuada, en su caso.
  4. d) El municipio remitirá al organismo otorgante la certificación mencionada en el inciso anterior, correspondiendo a éste la aprobación de la rendición, remitiendo posteriormente las actuaciones a la Contaduría General de la provincia a fin de dar de baja los cargos.

Fuentes oficiales reconocieron que a la fecha hay rendiciones cuyos plazos se encuentran vencidos, no habiéndose dado cuenta de los gastos efectuados y “entorpeciendo la consecución de las actuaciones administrativas, así como la posibilidad de entregar nuevos subsidios, en ocasiones imprescindibles para cubrir necesidades de los habitantes de esta provincia e impidiendo el recupero de las sumas no invertidas”.

Por los decretos N° 342/16 y N° 1710/16, del 7 de abril y 21 de octubre del año pasado, se prorrogaron los plazos de rendición y se estableció como requisito para la aprobación en cada caso una certificación del Tribunal de Cuentas Municipal, imponiéndose como condición para el otorgamiento de nuevos subsidios la sanción de una ordenanza municipal que autorice la afectación de fondos de la coparticipación provincial de tributos y regalías, en garantía ante el eventual incumplimiento de la obligación de rendir cuentas de los fondos otorgados.

Ahora, se necesario establecer los mecanismos de regularización de rendiciones respecto de los subsidios y aportes, siempre que no correspondan a gestiones municipales actuales.

Y también “es necesario contar con un instrumento que permita la eficiencia en el otorgamiento de aportes a municipios, garantizando su aplicación al objeto previsto, impulsando en tal sentido el cumplimiento por parte de las entidades locales de la rendición de los fondos otorgados o, en su defecto, el recupero de las sumas entregadas”.

 

 

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