Condenan a Horizonte ART a indemnizar a ex portera de escuela que se accidentó

 

La Cámara Laboral Primera de Bariloche, con sentencia unipersonal, aceptó la presentación que efectuó una trabajadora contratada por el Ministerio de Educación de Río Negro, con funciones en El Bolsón, que sufrió un accidente laboral y que requirió tratamiento y rehabilitación, pero que no fue reconocida por una ART.

En consecuencia, el 8 de este mes la jueza Marina Venerandi condenó a Horizonte Compañía de Seguros Generales SA a indemnizar a la  ex empleada estatal con la suma correspondiente al capital e intereses devengados por el tiempo transcurrido.

La mujer, que se desempeñaba como portera en un establecimiento escolar, sufrió un accidente laboral que le produjo desgarro de gemelos, lo que derivó en una serie de tratamientos y erogaciones, entre ellos consultas médica, ecografías, fisio kinesiología, RX, traslados ante la imposibilidad de caminar, hasta el alta médica.

Durante todo el tratamiento la ART no se hizo cargo de ninguno de los gastos erogados, no obstante haberse realizado las presentaciones correspondientes.

En los fundamentos de la sentencia, Venerandi consideró acreditado el accidente laboral y los gastos realizados por la trabajadora y ordenó a la ART el reintegro de los mismos con sus intereses.

Recordó  los términos del artículo 20 de la LRT, que indican que efectivamente la ART tiene la obligación de “otorgar a los trabajadores que sufran algunas de las contingencias previstas en esta ley, asistencia médica y farmacéutica, prótesis y ortopedia, rehabilitación, recalificación profesional”.

 

 

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