Casos: No paga cuota alimentaria, revisarán sus billeteras virtuales. Usó tarjeta robada

 

Un sujeto no podrá salir del país ni conducir hasta que cancele la deuda alimentaria que mantiene con sus hijos y que supera los siete millones de pesos. Una Unidad Procesal de Familia de Bariloche dispuso la prohibición de egreso del territorio nacional y la retención de la licencia de conducir como parte de una batería de medidas orientadas al cumplimiento de las responsabilidades parentales que mantiene el progenitor.

La decisión no se agotó en esas medidas: el fallo avanzó sobre un terreno cada vez más utilizado para administrar dinero y puso bajo la lupa las billeteras virtuales. La Unidad Procesal ordenó oficios a plataformas como Mercado Pago, Ualá y Naranja X para identificar cuentas y saldos del demandado y detectar fondos embargables.

En la misma resolución, la jueza interviniente advirtió a la empleadora del hombre por el incumplimiento de los requerimientos de información en el expediente. También ordenó comunicar la restricción a los organismos de frontera para impedir cualquier salida del país y bloqueó el uso y la renovación del registro de conducir.

La sentencia monitoria se dictó sobre una deuda que se acumuló con el paso del tiempo sin que el hombre cumpliera con los pagos. La ejecución avanzó para hacer efectivo ese crédito, en un contexto donde la mujer sostuvo la necesidad de medidas que produzcan resultados concretos.

El expediente también expuso dificultades en la aplicación de otras medidas. La empleadora del hombre no respondió a los oficios judiciales que debían informar sobre retenciones salariales ni sobre la existencia de otros embargos. Esa falta de datos impidió conocer con precisión qué descuentos se aplicaban y bajo qué condiciones.

Frente a esa situación, la Unidad Procesal reiteró el requerimiento, fijó un plazo de cinco días para que la empresa respondiera y estableció una multa diaria en caso de incumplimiento. La decisión apuntó a obtener información clave para sostener la ejecución.

La resolución también incluyó un pedido de informes al Registro Público de Juicios Universales para determinar si el hombre tiene o ha tenido participación en procesos sucesorios. En caso de detectarse esa situación, la jueza interviniente podrá avanzar sobre los derechos hereditarios que le correspondieran como parte de la ejecución.

Todas estas medidas se inscribieron dentro de las atribuciones que tienen juezas y jueces de familia para intervenir en ejecuciones de alimentos. Se trata de herramientas orientadas a sostener el proceso y generar condiciones que permitan que las decisiones judiciales se cumplan.

Fuente: Comunicación Judicial RN

Un individuo fue imputado por utilizar una tarjeta de débito sustraída para realizar compras

Un sujeto fue imputado por haber utilizado una tarjeta de débito ajena para realizar compras en un comercio de Bariloche. El hecho ocurrió el 27 de agosto de 2025 por la tarde, en un kiosco ubicado en calle Tiscornia al 100 de esta ciudad.

Según la acusación fiscal, el imputado habría efectuado dos transacciones en ese local comercial mediante el uso no autorizado de una tarjeta perteneciente a una mujer. La misma había sido sustraída previamente junto a su billetera, mientras la víctima viajaba en transporte público. Como consecuencia, sufrió un perjuicio económico.

Para sustentar la imputación se mencionó la denuncia de la víctima, el registro de transacciones, testimonios de empleados del comercio, registros de comunicaciones y un informe del Cuerpo de Investigación Judicial que permitió identificar al imputado.

La defensa pública penal no formuló objeciones a la apertura de la investigación ni al plazo solicitado, y manifestó su intención de avanzar en una posible salida alternativa.

Al resolver, el juez de garantías tuvo por formulados los cargos al considerar que la Fiscalía describió de manera clara las circunstancias de tiempo, modo y lugar del hecho, y expuso los elementos de convicción reunidos hasta el momento. En ese marco, encuadró provisoriamente la conducta en el delito de defraudación mediante el uso de tarjeta de débito sustraída en carácter de autor, conforme a los artículos 173 inciso 15 y 45 del Código Penal.

Además, dispuso la apertura de la investigación penal preparatoria por el plazo de cuatro meses. En cuanto a las medidas cautelares, ordenó que el imputado fije y mantenga un domicilio, comparezca a todas las citaciones que se le formulen y se abstenga de acercarse a menos de 50 metros del comercio involucrado y de los empleados que allí trabajan durante el plazo de la investigación.

Finalmente, le advirtió que el incumplimiento de estas medidas podría habilitar la solicitud de medidas más gravosas por parte de la Fiscalía.

Fuente: Ministerio Público Fiscal de Río Negro

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