Río Negro: Un amparo judicial, la burocracia, un remedio con demora y muerte de un niño

 

Un amparo judicial presentado ante el Ministerio de Salud de Río Negro tendiente a remover obstáculos administrativos para que un niño continúe un tratamiento médico urgente derivó, final y lamentablemente, en la muerte del chico, el 10 de febrero. Debía recibir medicación el 3 de enero de 2022, pero le fue aplicada el 4 de febrero pasado.

El caso fue oficialmente difundido el 19 de este mes a través del dictamen 18/22 de la Defensoría General del Ministerio Público de Río Negro.

A continuación el dictamen (textual)

Superior Tribunal de Justicia: I La apoderada de Fiscalía de Estado interpone recurso de apelación contra la sentencia de fecha 18 de agosto de 2021, dictada por el Juzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº9 de General Roca.

La resolución impugnada dispuso en lo pertinente: “Declarar procedente la acción de amparo promovida por el sr. E. C., en nombre y representación del niño C., V contra la provincia de Río Negro -HOSPITAL DE ALLEN, MINISTERIO DE SALUD DE RIO NEGRO- por las razones expuestas, ordenando en consecuencia a la demandada para que en forma inmediata y coordinada proceda a remover los obstáculos administrativos que puedan existir a los fines de que el niño V. pueda gozar de la continuidad del tratamiento calificado de urgente y que requiere -ante lo informado por su médica tratante y en un todo de acuerdo a lo indicado por la profesional.

Hágase saber que deberá acreditar fehacientemente el cumplimiento de lo resuelto en el término de cinco días hábiles y bajo apercibimiento de imponérsele astreintes en la suma de $ 50.000 por cada día de retardo y a favor de la parte actora”.

Analizadas las presentes actuaciones y previo a dictaminar, se dispuso la intervención de la Oficina de Servicio Social dependiente de este Ministerio Público con el objeto de constatar la situación actual del niño V.

Según lo informado desde la Oficina de Servicio Social, luego de establecer contacto telefónico con la madre del niño, la misma informó que lamentablemente su hijo había fallecido el día 10 de febrero del corriente año. EXPTE.N° Z-2RO-1961-AM2020 “C., E. C/ HOSPITAL DE ALLEN, MINISTERIO DE SALUD Y GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO S/ AMPARO (c) (MENOR)” DEFENSORÍA GENERAL MINISTERIO PÚBLICO

Cabe indicar además de lo expuesto, que la madre de V. informó que su hijo debía recibir la medicación el día 03 de enero de 2022 y que la misma le fue aplicada el día 04 de febrero de 2022, por cuanto como se desprende de la sentencia cuestionada los retardos en el suministro y entrega del medicamento Spinraza, por parte del Ministerio de Salud de la provincia, continuaron existiendo inclusive hasta la última entrega. Es mi dictamen.

Viedma, 19 de abril de 2022.- Dictamen Nº 18/22

FUENTE: DEFENSORÍA GENERAL MINISTERIO PÚBLICO

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