Reformularon cargos a cinco violentos jóvenes. La víctima se tiró por la ventana. Quedó grave

 

El 27 de marzo de 2021, por la tarde, en el interior de una habitación ubicada en avenida de los Pioneros, Bariloche, tres jóvenes, acompañados de dos menores de edad, fueron a la habitación donde se encontraba otra persona, posterior víctima. Mientras, uno de los menores se quedó en el pasillo del hotel, los otros tocaron la puerta y esperaron que la víctima abriera la puerta.

Fue en ese momento cuando ingresaron a la fuerza y los cuatro le aplicaron varios puñetazos. Para lograr que éstos cesen en su agresión se arrojó por la ventana de la habitación. No le dejaron otra escapatoria a la víctima que la de arrojarse por la ventana para evitar que continúe la agresión que le propinaban, a sabiendas que una caída desde allí le producirían lesiones.
Producto de este hecho, presentó lesiones graves.

Hace pocos días, mediante plataforma zoom, se llevó adelante una audiencia donde reformularon cargos a cinco jóvenes, dos de ellos menores de edad al momento del hecho ocurrido en marzo del año pasado en un hotel de la ciudad de Bariloche, en el marco de un viaje de egresados. Se solicitó además ampliar la investigación por el término de dos meses con el objetivo de arribar a una salida alternativa al conflicto entre las partes, en la cual vienen trabajando este último tiempo.

Una vez evaluada la evidencia que se produjo durante el plazo de investigación y a criterio de la Fiscalía; los hechos en los cuales se han definido roles y otras circunstancias, constituyen el delito de lesiones graves agravadas por haber sido cometidas con la participación de menores de edad como coautores, en el caso de los jóvenes mayores de edad. En referencia a los menores punibles se les imputó el delito de lesiones graves como autor y como partícipe necesario respectivamente.

La víctima que se encontraba presente en la audiencia fue representada por un abogado querellante, quien adhirió en todos los términos a los planteos realizados por el Ministerio Público Fiscal.

Al momento de fundamentar la modificación de la calificación legal de tentativa de homicidio a lesiones graves, explicó el representante del Ministerio Público Fiscal que “para que prospere la calificación de tentativa de homicidio tenemos que tener seguridad de que efectivamente los co imputados al menos arrojaron a la víctima por la ventana para darle muerte, lo cual no fue acreditado por la evidencia colectada durante toda la investigación desarrollada. Esto no coincide con la primera hipótesis de la fiscalía, lo cual es lógico, dado que no se contaba con los elementos que tenemos ahora”.

Valoró además el informe de la Brigada de Investigaciones Judiciales que sostiene entre otros, que el tiempo -7 a 9 segundos-  fue insuficiente entre el ingreso y salida de los acusados de la habitación, según el análisis exhaustivos de los registros fílmicos del interior del hotel, para dejar inconsciente a la víctima y arrojarla luego desde el balcón y que el lugar no presentaba desorden habitual producto de una riña. A lo que se agrega el informe del Cuerpo Médico Forense que señala que las lesiones son producto de la caída y no de una riña previa que lo pudiera dejar inconsciente por golpes.

Las testimoniales del coordinador del grupo y de la propia víctima – que fueron tomadas vía zoom y acompañado de su abogado-, también fueron consideradas para arribar a esta audiencia.

“El hecho es sumamente grave y reprochable, merece ser investigado. Tenemos cinco personas con la clara intención de agredir físicamente a la víctima por un problema que se originó en el boliche la noche anterior. No es proporcional el accionar donde  cinco personas arremetieron contra una, en el interior de una habitación pequeña. No es la manera en que se gestionan los problemas”, destacó el fiscal del caso al momento de recordar la gravedad del caso.

Además, la defensa oficial penal de menores y el defensor penal acordaron con la prórroga del plazo “es necesario redoblar el esfuerzo, y trabajar para resolver este conflicto”.

Ante la falta de controversia entre las partes el Juez de garantías interviniente tuvo por formulados los cargos, otorgó dos meses de plazo para alcanzar una solución de este conflicto tal lo dispone el Código Procesal de la provincia.

FUENTE: MINISTERIO PUBLICO FISCAL / BARILOCHE

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