Motorhomes, casillas rodantes y micros, obligados a descargar las aguas negras

 

El Concejo Deliberante de San Antonio Oeste estableció que será obligatorio para motorhome, casillas rodantes, colectivos familiares con baño interno y ómnibus de media y larga distancia, descargar los tanques de aguas negras y grises (excretas) en la terminal de ómnibus de Las Grutas “Héctor Castro”.

Durante la temporada de verano se observa en la zona la circulación de motorhome, casillas rodantes y colectivos familiares que descargan sus depósitos de aguas grises y negras en lugares no permitidos que impactan el suelo donde son descargadas, afectando el medio ambiente.

La disposición regirá también “para las unidades que estén en tránsito e ingresen a los diferentes paradores que se encuentran en nuestro municipio a recoger pasajeros, luego de haber recorrido una distancia superior a 250 kilómetros, sin efectuar la limpieza y desinfección correspondiente, la que debe constar en el certificado de limpieza, que estará en poder de la unidad”.

El servicio, aprobado con el voto unánime de los concejales, se prestará durante las 24 horas del día.

La norma legal establece que “se les proveerá a las unidades tratadas químicamente un “certificado de limpieza”, que contendrá: características de la desinfección y desinfectación, lugar, fecha y firma del responsable de ejecutar la limpieza” y “la fiscalización y control estará a cargo de la Subsecretaría de Control Comercial y la Dirección de Tránsito y Transporte” municipal.

El servicio será pago y quien no cumpla con este requerimiento, es decir que no cuente con el certificado correspondiente, será multado.

La medida se tomó bajo la premisa de que “que son deberes del municipio propender a la conservación del medio ambiente, incluyendo los recursos naturales sobre los que la municipalidad tenga competencia, incorporando la protección del ambiente y el respeto del paisaje a los planes de ordenamiento territorial y uso del suelo”.

Además, pretende “propiciar la salud y la educación, reglamentando el tratamiento de efluentes, asegurando la limpieza e higiene general en la planta urbana, reglamentando las normas de higiene y salubridad en los establecimientos comerciales e industriales”.

Remarca que “es competencia municipal reglamentar el tránsito urbano, los sistemas de prevención de ruidos molestos, los de gases tóxicos y otras emanaciones y el tratamiento de efluentes, ejerciendo el poder de policía e imponer sanciones en materia de su competencia”.

También recuerda que “durante la temporada de verano, en nuestro municipio, se pueden observar el incremento y circulación de motorhome, casillas rodantes y colectivos familiares que descargan sus depósitos de aguas grises y negras en lugares no permitidos que impactan el suelo donde son descargadas, afectando el medio ambiente”.

Por esa razón, el gobierno municipal considera que “es de fundamental importancia proceder a tomar las medidas necesarias para contar con un servicio permanente de eliminación de excretas químicamente tratados”.

En otro de los artículos de la flamante ordenanza se establece que “los transportes de pasajeros especiales denominados minibús, tienen la obligación de usar las instalaciones de la terminal de pasajeros de Las Grutas para ascenso y descensos de pasajeros”.

Por otro lado, los choferes y/o empresas a cargo del vehículo de transporte de pasajeros especiales denominados minibús, “deberán abonar en concepto de utilización de la terminal para el ascenso y descenso de pasajeros, un canon de toque de dársena de 1.000 pesos”.

“El valor de la tasa de toque de dársena será de pesos 500 pesos y se aplicará toda vez que los vehículos estacionen para el descenso y ascenso de pasajeros en la terminal de ómnibus “Héctor Castro” de Las Grutas.”, se indica en otro artículo.

 

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