Se separaron y quien se quedó en la casa en común debe compensar con dinero a ex pareja

 

Dos profesionales que vivían en pareja construyeron una casa en un barrio privado de la zona Este de Cipolletti. Luego se separaron y la mujer continuó viviendo en el inmueble. En consecuencia, el hombre reclamó judicialmente una compensación económica equivalente al 50 por ciento de un alquiler. Un fallo civil de primera instancia fijó esa suma en 476.705 pesos.

La mujer y el hombre no estaban casados y cuando se interrumpió la convivencia, él se fue de la casa y alquiló un departamento. Entonces, iniciaron los trámites para dividir el condominio y tomar una decisión respecto del inmueble que habían construido.

Se barajó la posibilidad que cualquiera de los dos comprara la otra parte o de alquilar la casa y dividirse las ganancias.

Mientras se hacía la división del condominio, el hombre y la mujer fueron a mediación y resolvieron poner la vivienda en venta.

Pero, después el hombre le reclamó judicialmente a la mujer una compensación económica equivalente al 50 por ciento de un alquiler. Consignó que rentó un departamento por 19 meses a 27.500 pesos. De esa cifra pretendía la mitad, es decir 13.750 pesos.

El fallo encuadró jurídicamente la pretensión en una “indemnización por la compensación del uso y goce del inmueble de la condómina de modo exclusivo”.

Sostuvo que la compensación requerida, mensurada en cánones locativos, “debe abonarse a partir del reclamo del condómino que no disfruta de la cosa común, efectuada en forma fehaciente, pues hasta ese entonces, se supone que la inacción importó conformidad con la situación existente”.

Se afirmó que, si un condómino usó y gozó de la cosa común en forma exclusiva, sin que le sea reclamado un derecho igual por los otros, éstos deben asumir las consecuencias de su asentimiento implícito y, por ende, no pueden cobrar ningún alquiler mientras mantengan su silencio.

En este caso, la decisión judicial aceptó que corresponde contar a partir de la fecha de la primera audiencia de mediación, momento en que la demandada pudo conocer la pretensión de la otra parte e incurrió en mora.

La suma arrojó la cifra de 261.250 pesos, aunque se le aplicaron los intereses por la desvalorización monetaria. En total la mujer debe abonarle a su ex pareja 476.705 pesos.

Fuente: Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro

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