Río Negro: Guía de montaña perdió un dedo y alumno sufrió amputación de similar miembro

 

Un trabajador de El Bolsón que sufrió un accidente de trabajo al momento de regresar de su trabajo deberá ser resarcido por la ART. El hecho ocurrió cuando como consecuencia de una caída en el hielo una garrafa de gas aplastó un dedo, provocándole una fractura. Posteriormente, debieron amputarle el meñique.

El trabajador se desempeñaba al momento del accidente como guía y orientador de montaña de turistas y residentes, llevando para el Municipio el registro de ascensos y haciendo salidas a los refugios para relevo de sendas y picadas. La Cámara Laboral Segunda de Bariloche condenó a “Asociart ART SA”, a abonar al trabajador las sumas que surjan de la liquidación con los intereses pertinentes.

Apenas ocurrido el accidente, fue trasladado en ambulancia al hospital, donde le practicaron una cirugía para colocarle una clavija. Una vez realizada la denuncia ante la ART, fue revisado por un médico que le indicó que siguiera extendiéndose en el hospital y una vez que le sacaron las clavijas, sin ningún estudio previo le indicó que debía hacer rehabilitación kinesiológica.

Al no experimentar mejoría fue trasladado a Buenos Aires. En esta nueva etapa del tratamiento, el profesional que lo trató le exhibió una radiografía de la que surgió que seguía con múltiples fracturas que no habían soldado. Finalmente, viajó nuevamente a los fines de que le amputaran el dedo índice completo y le unieran el músculo exterior de la mano izquierda al dedo anular, lo que genera pérdida de sensibilidad. En su demanda agregó que durante todo ese proceso cayó en una profunda depresión y continuó con tratamiento especializado.

Por su parte, Asociart ART SA manifestó que una vez recibida la denuncia se otorgó la totalidad de las prestaciones legalmente impuestas.

El tribunal consideró que la parte demandada -ART- ha reconocido en forma expresa el siniestro del que fuera víctima el trabajador como así también el otorgamiento de las prestaciones médicas y kinesiológicas. Por otro lado y habiendo negado la parte demandada, tanto la existencia de una incapacidad laboral superior a la fijada por la comisión médica, como la existencia de secuelas de naturaleza psicológica o psiquiátrica que pudieren tener nexo causal con el siniestro que padeciera el trabajador, se designó perito médico.

En su dictamen estimó que el trabajador padece de una incapacidad del 22,4 por ciento. Posteriormente y a requerimiento del perito se realizó una interconsulta con un médico psiquiatra, quien en su informe concluyó que efectivamente el trabajador padece síntomas. Con estos argumentos, la Cámara dispuso una indemnización.

Fuente: Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro

Estudiante de Bariloche sufrió la amputación de un dedo que quedó atrapado en un pupitre: deberán indemnizarlo

Un alumno que sufrió la amputación de parte de un dedo por el mal estado de un pupitre será indemnizado. El hecho ocurrió cuando una profesora secundaria, dentro de la clase de Comunicación, le pidió a un alumno que tocara la guitarra, ya que tenía habilidades para el instrumento. Al acomodarse, sintió en un dedo de la mano izquierda quedó atrapada en la tabla del asiento. Al retirar la mano, notó que brotaba abundante sangre.

Según consta en el expediente, “sus compañeros de curso, perplejos, advirtieron que en el pupitre había quedado un fragmento de su dedo”. Posteriormente se comprobó que había sufrido la amputación traumática de un tercio distal de uno de los dedos.

En ese momento, concurrió rápidamente a receptoría a fin de solicitar asistencia. Pasados unos minutos volvió al curso, pero el portero había retirado el pupitre. Dada la gravedad de la lesión, el alumno debió ser intervenido quirúrgicamente mediante la técnica de Kuttler. La porción del dedo le fue injertada con éxito.

Posteriormente, inició una demanda judicial. Expresó que el pupitre se encontraba en mal estado de conservación, y por eso se produjo el accidente.

Por su parte, la provincia recordó que el dedo le fue reconstruido de manera favorable. “Por tales motivos, entiende que no hay ninguna incapacidad permanente que obstruya sus labores habituales e impida el desarrollo de la profesión elegida por el actor y que tampoco existe un impedimento para llevar a cabo los estudios universitarios ni otras tareas de la vida cotidiana”, expresó.

El fallo

El juez civil de Bariloche tuvo en cuenta una pericia decretó una incapacidad del 5,5 por ciento. “La perita puso énfasis en no menospreciar la evaluación de la lesión de la mano dada la importancia que tiene para realizar las distintas actividades diarias de la vida, como ocurrió en este caso en que el actor la usaba de manera especial para tocar la guitarra”.

Luego argumentó: “Siendo que no está controvertido que el hecho denunciado ocurrió dentro del establecimiento educativo; y que no se ha invocado ni acreditado el caso fortuito, no cabe más que concluir que la Provincia es responsable civilmente de los daños, puesto que omitió ejercer el debido control de los elementos existentes en el aula para evitar lo acontecido”.

“La responsabilidad del establecimiento nace como consecuencia del daño sufrido por un alumno cuando se hallaba bajo el control de la autoridad educativa, aún cuando el hecho pueda calificarse como accidental, porque, en definitiva ello no constituye un caso fortuito al no reunir las características referidas”, explica.

El magistrado explicó que “Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales SA debe responder en forma concurrente como aseguradora de responsabilidad civil”.

Dispuso indemnizaciones por lucro cesante, gastos médicos, farmacéuticos y de traslado, daño físico, daño psicológico y moral.

Fuente: Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro

Foto ilustrativa

About Raúl Díaz

Check Also

Río Negro y Neuquén: Vende tortas fritas en la calle para estudiar abogacía

 Lourdes empezó a los 14 años con el emprendimiento junto a su amigo Francisco. El …