Dos casos: Imputado por herir de un balazo al hermano. Empleada, robo con armas y estrés

 

El Ministerio Público Fiscal de Viedma imputó a un sujeto por el delito de abuso de armas y se dispuso su prisión preventiva domiciliaria con control satelital por el término de un mes. Los hechos se produjeron durante la noche del miércoles cuando el acusado habría herido de un disparo de arma de fuego a su propio hermano.

Según la acusación de la Fiscalía, el imputado desde una moto detenida en la intersección de las calles México y Alvear, efectuó varios disparos de arma de fuego, impactando uno de ellos en su hermano, que en ese momento salía de un módulo habitacional cercano.

El impacto le causó una “herida de arma de fuego en mejilla izquierda sin salida con compromiso de probable molar inferior alojados en partes blandas” que no puso en riesgo su vida.

El fiscal viedmense José Chirinos explicó que el delito endilgado de abuso de armas, subsume las lesiones leves sufridas por la víctima que fue inmediatamente asistido en el Hospital Artémides Zatti.

Como sustento probatorio indicó que cuenta con la denuncia realizada por la víctima quien contó que se encontraba en el interior de la vivienda de su madre cuando escuchó detonaciones y, al salir a la vía pública, divisó a su hermano quien le habría disparado desde una motocicleta. Además, detalló que el conflicto entre ambos habría surgido luego de una discusión intrafamiliar.

Chirinos indicó que también poseen el acta de procedimiento policial, croquis referencial del lugar, certificado médico en donde consta que las lesiones revisten carácter leve, registro de audio y reportes del 911 y capturas de pantalla que registran conversaciones entre los hermanos y podrían fundamentar el enfrentamiento previo.

El jueves, en el marco de la investigación preliminar, se efectuaron allanamientos aunque los mismos no arrojaron resultados positivos.

La defensa particular del imputado se opuso a la formulación de cargos. No obstante, el juez Adrián Dvorzak, luego de explicar los alcances de esta instancia procesal, tuvo por admitidos los cargos y determinó la apertura de la investigación penal preparatoria por el término de cuatro meses.

En cuanto a la medida cautelar, se dispuso la prisión preventiva del hombre en modalidad domiciliaria con la colocación de un dispositivo electrónico de control satelital y la prohibición de contacto con sus hermanos. En caso de incumplir alguna de estas condiciones se realizaría una nueva audiencia en la que podrían agravarse las mismas.

FUENTE: MINISTERIO PUBLICO FISCAL / VIEDMA

Una trabajadora que sufrió robo con armas en su lugar de empleo será indemnizada por estrés postraumático

El estrés postraumático sufrido por una trabajadora como consecuencia de un robo con armas ocurrido en la empresa donde se desempeñaba, devino en una discapacidad laboral.

Por ello,  la ART  Federación Patronal deberá  brindar las prestaciones médicas y dinerarias establecidas en la ley de riesgo para el grado de incapacidad establecido.

Así lo dispuso un fallo de la Cámara Laboral Primera de Bariloche que tuvo en cuenta la pericia psiquiátrica realizada en la tramitación, la que dictaminó que la situación de la trabajadora resultó compatible con el trastorno mencionado –estrés postraumático- el que será crónico y que estuvo ligado además a un cuadro depresivo de moderada intensidad.

El monto de la indemnización se realiza teniendo en cuenta las fechas de nacimiento de la operaria, la del ingreso a la empresa y la del siniestro. En este caso se toma  el promedio mensual de todos los salarios devengados  durante el año anterior a la primera manifestación invalidante o en el tiempo de prestación de servicios, si fuera menor.

El tribunal consideró que la relación entre el hecho denunciado, el estado de inseguridad vivido en el trabajo, como experiencia traumática, padecidos por la trabajadora corresponde a un  grado de incapacidad resultante de un 18,3 por ciento parcial, permanente y definitivo.

Detalló que se encuentran vinculados de manera causal, todo de acuerdo a lo establecido en la pericia que resultó coherente y fundada. También señaló que durante la tramitación no se plantearon cuestiones previas con respecto a la procedencia de la acción relativas a la competencia del tribunal,  tampoco  a la necesidad de transitar el procedimiento administrativo ante las comisiones médicas, ni ninguna otra que requiera un especial pronunciamiento antes de resolver sobre el fondo del asunto.

Por ello y establecida la existencia del accidente de trabajo, y su relación causal con la incapacidad laboral padecida, consideraron que corresponde hacer lugar a la demanda y condenar a Federación Patronal ART a brindar las prestaciones médicas y dinerarias establecidas en la ley de riesgo para el grado de incapacidad establecido.

Fuente: Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro

Foto ilustrativa. Poder Judicial de Río Negro

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