Dos casos: Construyeron edificio al lado: le dañaron la casa. Eucaliptos de 30 metros “un peligro”

 

Un hombre que vive en el centro de la ciudad de Cipolletti será indemnizado por una empresa constructora a raíz de los daños que una obra generó en su predio. Constataron fisuras y grietas en paredes, pisos y revestimientos, manchas de humedad y de restos de mezcla. Recibirá una compensación económica superior a 800 mil pesos.

El fallo del fuero Civil, que es de primera instancia y aún no está firme porque puede ser apelado, le reconoció al propietario no solo los costos de reparación del inmueble, sino también el lucro cesante y el daño moral.

El lucro cesante prosperó porque el hombre tenía en la parte delantera de su vivienda dos locales comerciales en alquiler y uno de ellos debió ser sometido a reparaciones por el plazo de dos meses.

El daño moral, en cambio, consideró la disminución de la calidad de vida durante el tiempo que duró la construcción del edificio y las incomodidades de las reparaciones, sumado a los propios inconvenientes y a la alteración de la tranquilidad cotidiana que supone una obra lindera. Allí también se incluyeron los conflictos, las denuncias que hizo el propietario ante el municipio, la necesidad de efectuar reclamos y de acudir finalmente a la demanda civil.

El monto total de la condena es de 875.162,17 de pesos más intereses, que deberá ser afrontado por la constructora demandada.

 

Eucaliptos de un espacio verde generan trastornos y peligros: Municipio tendrá que reforestar

 

La Municipalidad de Fernández Oro deberá reforestar un espacio verde de la calle Villegas porque los eucaliptos existentes, que superan los 30 metros de altura, generan “una serie de trastornos y peligros para las casas aledañas”.

Por tratarse de una especie no apta para espacios reducidos, se dan permanentemente situaciones de ramas caídas, raíces que afloran por las cañerías y que además levantan los pisos.

Dos mujeres que habitan el barrio, luego de presentar notas ante la Municipalidad, interpusieron una acción de daño temido ante el fuero Civil de Cipolletti. Allí dieron cuenta de los daños producidos en las cañerías y pisos y las molestias ocasionadas por las ramas quebradas y la cantidad de hojas acumuladas en las canaletas y los techos.

Alegaron que sobre todo en épocas de fuertes vientos las extensas ramas, que además son frágiles, se quiebran con facilidad y ello constituye una situación peligrosa.

El fallo ordenó la reforestación del predio, removiendo los árboles actuales y plantando otros más adecuados. La sentencia tomó las conclusiones de varios especialistas en la materia y dio por probado que el eucaliptus no es una especie apta para espacios verdes de las reducidas dimensiones del aquí indicado (50 x 36 metros ubicado sobre calle Villegas a metros de calle Mariano Moreno).

Se consideró también que más allá de que la acción preventiva de daños prevista en el Código Civil y Comercial busca evitar o reducir los daños en este caso concreto se probó por ejemplo el hundimiento del piso del comedor de una vivienda y por ello no es excusa el “buen estado vegetativo” de los árboles. En función de esos argumentos la sentencia le ordenó a la Municipalidad de Fernández Oro la reforestación del espacio verde.

Fuente: Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro

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