Casos: Rompió pulsera electrónica, 2 meses más en prisión. Sin culpable por incendio de chacra

 

Un sujeto que cumplía prisión domiciliaria rompió la pulsera electrónica que lo monitoreaba. De esta manera, no solo debió volver al Establecimiento Penal 2 de Roca de manera inmediata, sino  que ahora se le agregaron dos meses más de prisión y sumó una nueva condena a sus antecedentes, como autor del delito de evasión.

Según se expuso en la audiencia penal realizada el 14 de este mes, el delito ocurrió la tarde del pasado 3 de febrero en una vivienda de la zona Oeste de Roca, donde el hombre se encontraba detenido bajo la modalidad de prisión domiciliaria, cumpliendo una condena firme de poco más de 6 años de prisión dictada en 2018.

Allí, según la imputación “se quitó la pulsera electrónica mediante el uso de la fuerza, para lograr evadirse del domicilio”. Apenas detectada la situación la Policía inició la búsqueda y tres días después el hombre fue arrestado y trasladado al Establecimiento de Ejecución Penal, donde continúa detenido.

La rotura del dispositivo fue detectada automáticamente por el sistema de monitoreo de la UADME (Unidad de Arresto Domiciliario por Monitoreo Electrónico), dependiente del Ministerio de Seguridad de la provincia, que alertó a la Policía y al Juzgado de Ejecución N° 10 de Roca. El Gabinete de Criminalística peritó la pulsera y confirmó que había sido cortada.

En la audiencia de formulación de cargos, el hombre aceptó su responsabilidad en el hecho y llegó a un acuerdo con la Fiscalía, para finalizar el proceso con un juicio abreviado. La condena de dos meses de prisión efectiva quedó firme de inmediato, porque las partes renunciaron a los plazos procesales para interponer recursos.

“Con los  elementos de convicción puestos de manifiesto, sobre todo el informe de la UADME y la declaración de rebeldía oportunamente dictada respecto del interno (…) con más la aceptación y confesión del imputado, es posible adquirir certeza respecto de la existencia del hecho reprochado y la autoría del mismo”, concluyó la jueza del caso al homologar el acuerdo de procedimiento abreviado pleno, condenando al imputado a dos meses de prisión efectiva como responsable del delito de evasión y unificando la nueva condena con la anterior.

 

No hubo certezas para culpar al vecino por el incendio de la chacra

El incendio de dos chacras en Villa Manzano fue calificado como un “hecho de la naturaleza” debido a la falta de certezas respecto del origen del fuego. La mujer que resultó damnificada acusó a su vecino, pero no surgieron pruebas contundentes. Ese día hubo muchísimo viento y los bomberos de toda la zona reportaron focos desde Allen hasta Catriel.

En primera instancia, un fallo rechazó la demanda de la mujer que es propietaria de las dos chacras quemadas. Luego hubo una apelación pero el tribunal que intervino confirmó esa decisión. Se sostuvo que de las pruebas presentadas surge que no existe certeza respecto del origen del incendio que produjera los daños reclamados. “Ninguno de los testigos ofrecidos por las partes pudieron afirmar que el origen del incendio tuvo lugar en la chacra del demandado y, además, por causa del obrar de su personal”, dice la última sentencia.

La mujer insistió con que el encargado de la chacra de su vecino había estado quemando ramas de la poda. Por la época del año, recién comenzaba septiembre, había pronóstico de  intensas ráfagas de vientos y los organismos informaron que se produjeron en la zona más de 20 focos.

Las asociaciones de bomberos informaron que todos los incendios tuvieron las mismas características: comenzaron como pequeños focos que se vieron dimensionados por las fuertes ráfagas y la temperatura registrada. Algunos organismos explicaron que el viento provocó que chocaran los cables de energía y se produjeran pequeñas chispas, que se presume, desataron el fuego.

La Cámara Agraria y Frutícola de Campo Grande informó que “corrieron vientos en forma inusitada, persistentes, generando simultáneos focos de incendio en nuestra comarca, sin punto en común de inicio del mismo. Algunos casos fueron producidos intencionalmente sin poder individualizar autores, otros se produjeron por descarga de tierra de la electricidad por el efecto del viento sobres los cables y alamedas cercanas, se generó una corrida de fuego incontrolable propia de la época del año y estado de abandono y falta de tareas culturales de las chacras”.

A su vez, el Municipio de Campo Grande indicó: “Se pudieron constatar más de 20 incendios en esta localidad por las características de los vientos en la mayoría de los casos ha sido imposible determinar el origen de los fuegos, dado que las chispas saltaban de un lado a otro de la ruta y de los caminos rurales”.

El fallo analizó toda la prueba en su conjunto más allá del testimonio de la damnificada y de sus empleados. Por eso se arribó a la conclusión de que no había pruebas suficientes para culpar al encargado de la chacra del vecino por el inicio del incendio.

Fuente: Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro

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