Tres casos: $4.000.000 para motociclista. Se estrelló contra un auto. No respetó: le salió “salado”

 

El conductor de un camión fue encontrado civilmente responsable por un incidente vial que ocurrió en Catriel. Según las pericias, el hombre dobló imprevistamente a la izquierda, le cerró el paso a un motociclista y le provocó severas lesiones.  Las pericias médicas comprobaron politraumatismos, cicatrices de cirugías e incapacidad laboral.

La suma es cercana a $4.000.000 y alcanza al conductor del vehículo, su titular registral y la compañía de seguros.

La sentencia es de primera instancia y aún no está firme porque puede ser apelada. Surgió del expediente que el incidente vial ocurrió en inmediaciones de avenida Córdoba y el acceso Sur a la ciudad de Catriel.

Los peritos accidentológicos concluyeron que el camión marca Ford, que transportaba cemento, actuó como “agente obstructor” de la circulación de la motocicleta.

“Se llegó a la conclusión que la moto fue encerrada en la maniobra de giro, obstruyendo su circulación, momento en que se introduce debajo del camión y es pisada por este, produciéndole los daños a la moto y el golpe en el diferencial del camión”, consigna uno de los dictámenes.

Ello fue producto de la maniobra de giro que realizó el conductor del camión, quién no advirtió la presencia del motociclista en el lateral izquierdo y obstruyó su libre circulación.

El damnificado, de 36 años, sufrió politraumatismos y debió someterse a cirugías. El monto mayor de la indemnización se compone justamente por el rubro daño físico. Aunque también prosperó su reclamo por daño moral, tratamiento psicológico, gastos terapéuticos, reparación de la motocicleta, entre otros. El total asciende a $3.999.448. La condena alcanza al conductor del camión, a su titular registral y a la compañía de seguros.

 

Viedma: indemnizarán a motociclista que circulaba por ruta 1 y se estrelló contra auto que intentó cruzar

 

A un motociclista que circulaba por la ruta provincial 1 frente al barrio Los Fresnos se le atravesó un vehículo que ingresaba por la calle Río Foyel. Al ver que no podía cruzar, la automovilista intentó retroceder, pero ya era tarde. La moto Zanella impactó de lleno en la puerta lateral izquierda del auto.

De acuerdo a los términos de la demanda, si bien la velocidad de circulación de la conductora era acorde a los límites legales, su imprudencia en la conducción del vehículo se vio agravada por la sorpresiva decisión de retroceder.

Como el infortunado motociclista se dirigía a su trabajo en la Cooperativa Unicoop de Carmen de Patagones, inicialmente se enmarcó como un accidente laboral. A raíz del siniestro vial, estuvo de licencia hasta recuperarse.

El conductor de la moto, como consecuencia de la colisión, sufrió un traumatismo de rodilla izquierda con rotura de menisco, lo que derivó en una intervención quirúrgica con su extirpación.

La ART “La Segunda” cubrió las prestaciones médicas en la Clínica Viedma, la rehabilitación y también las necesidades dinerarias mientras se extendió la licencia.

Con posterioridad el motociclista inició una demanda contra la conductora del vehículo y su aseguradora. El perito explicó que la prioridad de paso, conforme a la legislación vigente, le corresponde al vehículo motocicleta por circular en una vía de mayor jerarquía, debiendo certificarse si la calle Río Foyel es de ripio.

Tras analizar la totalidad de la prueba, un juez Civil de Viedma hizo lugar a la demanda por daños y perjuicios por el demandante y condenó a la conductora del auto y a la Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales SA (según su cobertura), por los rubros privación de uso, daño moral y dejó sentado que corresponderá “la determinación del daño emergente e incapacidad sobreviniente en la etapa de ejecución de sentencia”.

Casi dos millones por no respetar el paso por la derecha

El conductor de una camioneta que se dirigía por la calle San Martín de Cipolletti fue condenado a indemnizar a una motociclista que circulaba por calle Sarmiento y que tenía prioridad de paso. La mujer, a raíz del incidente, terminó con varias lesiones y el tribunal que intervino en la apelación fijó el monto del resarcimiento en $1.783.231.

En la primera instancia quedó probado que el conductor de la Fiat Strada no respetó la prioridad de paso y provocó el incidente.  Como consecuencia del impacto la damnificada, que iba en la moto con su hijo menor de edad, padeció traumatismo de cráneo y de miembro superior izquierdo, rotura de ligamentos coracoclavicular e intervención quirúrgica traumatológica, además de fractura de costillas 3º, 5º, 6º y 7º del lado izquierdo.

El primer fallo analizó la responsabilidad objetiva que tuvo el conductor de la Fiat Strada como dueño o guardián de una “cosa riesgosa”. Esa teoría del riesgo conjugada con los requisitos que la Ley 24.449 de Tránsito permitió concluir que “el comportamiento del demandado importó una conducta contraria a la normativa, que configura una grave violación a los deberes de prudencia, y consecuentemente le cabe responder por los daños causados, y a la citada en garantía en la medida del seguro”, surge de la sentencia.

El artículo 41 de la Ley de Transito establece que todo conductor debe ceder siempre el paso en las encrucijadas al que cruza desde su derecha. Esta prioridad del que viene por la derecha es absoluta.

En la apelación, el tribunal analizó los distintos planteos de las partes y terminó por resolver el monto final de la indemnización que es de 1.783.231,45  de pesos.

 

Fuente: Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro

 

Foto: Mejor Informado

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