Dos casos: Desobedecieron medidas sanitarias en campo de polo. Con covid escapó del hospital

 

El Ministerio Público Fiscal de General Roca formuló cargos a cinco hombres y dos mujeres por el hecho ocurrido en mayo en el establecimiento Huitru Polo Club de la ciudad de General Roca.

Según la acusación fiscal, alrededor de las 16:30 de ese día, en el barrio Isla 32 ese grupo de personas participaba de un partido de polo, desobedeciendo la disposición de aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesta por el presidente de la Nación mediante decreto de necesidad y urgencia 297/2020, sin encontrarse comprendidos en las excepciones establecidas en el mismo.

“De esta manera, transgredieron las normas dispuestas por la autoridad competente para contener la pandemia de COVID-19, poniendo con su accionar en peligro la salud pública de la población”, explicó la fiscal del caso.

“La prevención policial de Comisaría 48 fue alertada por llamado telefónico de la situación y se hicieron presentes en el lugar, que desde el cerco perimetral cardinal norte de la cancha de polo, divisan a la distancia a ocho personas montando caballos y jugando al polo”, describió la Fiscalía.

“Los empleados policiales los comenzaron a llamar pero éstos al advertir la presencia policial, se dirigen al interior de las caballerizas perdiéndose de vista”, explicó la representante del Ministerio Público Fiscal.

Posteriormente, “los empleados policiales se dirigen al acceso por cardinal Oeste del predio, llamando a las personas que se encontraban en el interior. Sólo salió un hombre, que no se identificó, y al mencionarle que no podían realizar actividades deportivas en razón del aislamiento social dispuesto, se disculpó aduciendo estar en conocimiento de la medida de cuarentena y que no se iba a repetir”.

La acusación detalló que “al ser consultado sobre el resto de los infractores, ese hombre se negó a colaborar, ingresando hacia el interior de las instalaciones. Tras la investigación policial, las personas fueron identificadas”.

En la prueba presentada para esta instancia de formulación de cargos, la Fiscalía detalló que cuenta con el informe de la Comisaría 48°, el acta del Municipio local donde se deja de manifiesto que se clausura el campo de polo, también el informe realizado por personal del Cuerpo de Investigación Judicial y entrevistas.

La calificación legal propuesta por el Ministerio Público Fiscal para los hechos es “violación a las medidas sanitarias dispuestas por autoridad competente para impedir introducción o propagación de una pandemia en concurso ideal con desobediencia.

En la audiencia realizada a través de la aplicación Zoom estuvieron presentes como querellante la Municipalidad de General Roca, dos defensores particulares y los siete imputados, que son cinco hombres y dos mujeres.

De esta manera, la jueza de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos en los términos esgrimidos por la fiscalía y se estableció un plazo de investigación de cuatro meses.

Se escapó del hospital y le formularon cargos por violar medidas sanitarias

En una audiencia celebrada esta semana, un hombre que estuvo infectado de Covid-19 fue acusado de violar en dos oportunidades las medidas preventivas dispuestas por el gobierno nacional mediante el decreto de necesidad y urgencia 260/2020.

El primer delito que se le imputa ocurrió el 11 de julio pasado, alrededor de las 21:20 horas, cuando el acusado se dio a la fuga del hospital de Cipolletti donde se encontraba internado por haber sido diagnosticado como caso positivo de coronavirus, dirigiéndose a un domicilio ubicado en un barrio de emergencia de esta ciudad. Tras la intervención de personal sanitario, el hombre aceptó ser trasladado nuevamente al nosocomio cerca de la medianoche.

El día siguiente, el 12 de julio alrededor de las ocho de la mañana, el imputado volvió a darse a la fuga del centro de salud donde permanecía internado, retirándose del sector de internación destinado a los pacientes que se encuentran infectados con la mencionada enfermedad. Su paradero fue desconocido hasta las 14:45 cuando regresó a su domicilio y fue ubicado por personal policial, que en conjunto con personal de salud público volvió a organizar su traslado al nosocomio.

Según indicó el representante del Ministerio Público Fiscal, con su accionar el hombre violó las medidas dispuestas por las autoridades competentes del Poder Ejecutivo Nacional para impedir la propagación de la epidemia del Covid 19, ordenadas mediante decreto de necesidad y urgencia 260/2020 y sus prórrogas.

La formulación de cargos no fue solicitada anteriormente porque el hombre debía afrontar el correspondiente tratamiento médico y que misma fue requerida una vez superado lo anterior y ya restituidos los plazos procesales.

La calificación legal en el cual la Fiscalía encuadró el caso como propagación de una enfermedad
contagiosa y peligrosa y violación de medidas para contener la propagación de una epidemias en dos hechos, figuras previstas en los artículos 202 y 205 del Código Penal. La calificación legal es provisoria puesto que resta confirmar si alguna persona sufrió algún contagio por el accionar del acusado y si esta situación es requisito indispensable para la configuración del delito de propagación de epidemias.

Siguiendo lo previsto por el Código Penal, las penas previstas según la calificación legal la pena mínima para el caso es de tres años de prisión, pero que como el imputado cuenta con antecedentes penales computables la pena a imponer en caso de ser hallado culpable sería de cumplimiento efectivo.

La defensa oficial que representa al acusado si bien no formuló objeciones al hecho ni a la calificación legal, adelantó que hará los planteos correspondientes en las próximas instancias procesales.

La jueza de Garantías que intervino en la audiencia tuvo por formulados los cargos en los términos expuestos por la fiscalía y dispuso un plazo de investigación de cuatro meses de cara a la solicitud del control de la acusación previo al juicio.

Teniendo en cuenta que existe la posibilidad de vulnerar derechos constitucionales sobre la intimidad del imputado en base a exponerse su estado de salud, no se brindarán datos que permitan la identificación del mismo.

 

Fuente: Ministerio Público Fiscal de Roca y Cipolletti

 

 

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