Indemnizaciones: Empleada pública se cayó de escalera y le pagarán. Portera cobrará $1.023.000

Una empleada administrativa de un organismo del Estado rionegrino, en Viedma, se cayó por la escalera y sufrió distintos traumatismos en su cuerpo.

La aseguradora le brindó las prestaciones médicas y le indicó la realización de estudios complementarios. Luego de un tratamiento, le brindó el alta sin reconocer ningún grado de discapacidad. Entonces, la mujer presentó una demanda para que se determine el porcentaje de incapacidad y que se abone la indemnización correspondiente.

Después de realizar las pericias correspondientes, la Cámara Laboral de Viedma verificó que la mujer presenta una incapacidad permanente, parcial y definitiva del 13 por ciento y ordenó a Horizonte SA que, en el plazo de 15 días de notificada, proceda a calcular y abonar las prestaciones dinerarias por incapacidad definitiva de acuerdo con el porcentaje de incapacidad reconocido.

Bariloche: Aseguradora deberá indemnizar a trabajadora de EducaciónSufrió una caída cuando se desempeñaba como portera.

La Cámara Laboral Primera de Bariloche hizo lugar a la demanda de una trabajadora de Educación que sufrió un accidente laboral cuando se desempeñaba como portera de una escuela pública. La sentencia ordena a Horizonte ART a pagar en concepto de indemnización la suma de $ 1.023.440 en concepto de capital e intereses provisorios calculados al 28/08/2019, la que deberá ser abonada dentro de los 10 días de notificada.

Se informó que la trabajadora sufrió una caída en su lugar de trabajo padeciendo, como consecuencia una incapacidad laboral, parcial y definitiva del 40 por ciento.

La trabajadora, a través de sus representantes legales, detalló que mientras que se encontraba trabajando en una escuela pública de Bariloche, donde se desempeñaba como portera, resbaló bajando una escalera, cayendo en el descanso de las mismas. En la oportunidad se golpeó rodilla, tobillo y muñeca de su lado izquierdo y también la zona de la espalda. El hecho fue denunciado a la aseguradora de riesgo de trabajo Horizonte.

Luego de recibir la atención médica pertinente y realizar tratamientos indicados para el dolor que sufrió en las zonas lesionadas, finalmente se le diagnosticó síndrome de Suddek, fue revisada por la junta médica que también indicó tratamiento y posteriormente se le otorgó certificado de discapacidad.

En la sentencia, los jueces Juan Lagomarsino, Rubén Marigo y Marina Venerandi tuvieron por probado que la mujer, efectivamente se desempeñaba como portera de un establecimiento escolar de Bariloche, dependiente del Ministerio de Educación de Río Negro.

“Que efectivamente padeció un accidente de trabajo cuando se resbaló y cayó bajando las escaleras, golpeándose la rodilla, el tobillo y la muñeca de su lado izquierdo, como también la espalda. El accidente fue oportunamente denunciado , interviniendo la aseguradora de riesgos de trabajo demandada y posteriormente la comisión médica. Ha sido establecido mediante pericia judicial que, como consecuencia del accidente la trabajadora padece de Síndrome de Suddeck y de una incapacidad laboral del 31 por ciento.

Como consecuencia del dolor y de la incapacidad, la pericia psicológica le adjudicó una incapacidad del 10 por ciento. Esta conclusión fue impugnada por la demandada y contestada eficientemente por el perito con argumentos que se dan por reproducidos como parte integrante de la sentencia.

Finalmente, se ha mencionado, que estableciendo el método de incapacidad restante, la perito doctora Estrella Alejandra Mayo ha estipulado una incapacidad parcial y definitiva del 40 por ciento que no ha sido impugnado por las partes.´

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