Bariloche: Imputaron al dueño de dos perros que atacaron a niño. Cipolletti: Prisión por amenazar a un chico

La fiscal barilochense Alejandra Bartolomé formuló cargos a un hombre que tenía bajo su custodia dos perros, los que mordieron a un niño de 12 años, provocándole diversas lesiones leves culposas.

El 7 de agosto de 2018, aproximadamente a las 12:15, cuando un niño caminaba por la vía pública, sobre la vereda del domicilio del imputado, fue atacado y mordido por dos perros, uno de raza Pitbull, de pelaje marrón y blanco, y otro de raza cruza con Gran Danés, de pelaje marrón, los cuales se encontraban al cuidado de éste. Ambos animales llegaron a la vía pública desde el domicilio, que no estaba cerrado con sistema de traba y le provocaron a la víctima lesiones de carácter leve.

Según la acusación, el imputado actuó en forma negligente y antirreglamentaria, porque teniendo bajo su custodia dos perros peligrosos en razón de su raza, agresivos y territoriales, permitió que éstos accedieran a la calle.

“El acusado debió extremar las medidas de seguridad manteniendo los animales dentro de su domicilio, en instalaciones seguras y resistentes; señalizando el lugar con un cartel que contuviera la inscripción “perro peligroso”. Estos se encontraban sin bozal, sin collar o pretal ni correa lo que les permitió un fácil acceso a la vía pública, vulnerando de esa manera el deber de cuidado que se exige en la normativa vigente”.

El imputado brindó declaración asumiendo la situación que se le atribuye y la voluntad de colaborar con quien resultó víctima. La defensora oficial adjunta Paola del Río, respecto de la formulación ni del plazo de investigación manifestó objeción alguna y requirió la aplicación de un criterio de oportunidad e intentar generar una audiencia de conciliación donde se expongan las pretensiones y éstas sean acordes a los hechos.

El juez de garantías Ricardo Calcagno tuvo por formulados los cargos y otorgó cuatro meses para llevar adelante la investigación del hecho o arribar a una solución alternativa a este conflicto.

Solicitan confirmación de pena a prisión efectiva por amenazas

La Fiscalía de Cipolletti se opuso a la impugnación presentada por la defensa en la audiencia desarrollada ayer por ante el Tribunal de Impugnación de la provincia. El acusado fue condenado a un año y medio de prisión efectiva por amenazar a un menor de edad.

En cuanto al hecho investigado, ocurrió el 5 de mayo del 2018 entre las 22:30 y las 23, en cercanías de la calle Salvador Kossman al 1.700. En esas circunstancias, la víctima se encontraba junto a un familiar, cuando el acusado lo amenazó manifestándole que le iba a “dar un tiro”. Según la teoría del caso de la fiscalía todo se originó por un conflicto de larga data, porque el padre del ahora condenado por amenazas, fue hallado culpable y condenado a 12 años de prisión efectiva por ser el autor del crimen del hermano de la víctima en este hecho. El homicidio referido ocurrió en el año 2014. 

El defensor oficial Marcelo Caraballo adelantó que había recurrido el fallo por expresa solicitud del imputado y sus agravios se centraron en que no se había valorado la totalidad de la prueba producida durante el juicio y en la no coincidencia con la magistrada interviniente en el debate, Florencia Caruso, sobre la ausencia de contradicciones, contramarchas o animosidad por parte de los testigos que prestaron declaración en el juicio en relación al imputado.

El defensor analizó pormenorizadamente los testimonios del juicio para marcar los elementos que a su criterio daban fundamentos para revocar el fallo y que acreditaban una “animosidad” por parte de los denunciantes de querer perjudicar a su cliente.

Finalmente, sostuvo que en la etapa de cesura no existían elementos de convicción suficientes para dictar la condena a un año y seis meses de prisión y que se había realizado una errónea aplicación de la jurisprudencia sobre la forma en la cual se debe mensurar la pena. Al respecto, afirmó que tal como dicta la Constitución Nacional la finalidad de las penas para la reinserción social del condenado y no para su castigo.

Por lo anterior, solicitó en primer término la realización de un nuevo juicio, en segundo lugar y en caso que no proceda lo anterior que el Tribunal de Impugnación dicte la absolución del acusado o finalmente que reduzca la pena al mínimo legal de seis meses de prisión.

La fiscalía, representada por el fiscal jefe, Santiago Marquez Gauna y la fiscal del caso Rocío Guiñazú, solicitó que el fallo sea confirmado en toda su extensión y sostuvieron que los argumentos de la defensa resultan meras “discrepancias subjetivas respecto de la valoración de la prueba realizada por la jueza al momento de dictar la sentencia”.

Los representantes del Ministerio Público Fiscal aceptaron la existencia de un conflicto entre las familias por el crimen del hermano del menor que sufriera las amenazas, sin embargo, aseveraron que quien tiene animosidad en contra de la víctima es el acusado. Agregaron que en el juicio quedó de manifiesto que lo único que persiguen tanto el adolescente como su familia es poder vivir en paz.

Finalmente, sostuvieron que a la hora de mensurar la pena, la magistrada tuvo en cuenta los parámetros prefijados por el Código Penal, es decir la extensión del daño ocasionado a la víctima, los antecedentes penales del imputado y las circunstancias personales que lo llevaron a delinquir. Por lo anterior, solicitaron que la pena sea confirmada.

El Tribunal de Impugnación integrado por los jueces Carlos Mussi, Miguel Cardella y Adrián Zimmermann resolverá en un plazo no mayor a 20 días hábiles la resolución de la etapa recursiva.

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