Notifican a empleada del hospital de Roca procedimiento de cesantía del cargo por incumplimiento

La presidente de la Junta de Disciplina de Río Negro, Natalia Lorena García, notificó a una empleada perteneciente a la planta permanente del Hospital General Roca, del Ministerio de Salud Pública, la resolución N° 333/17 JD, que se le aplicó la sanción de cesantía prevista en el artículo 73 inciso b) de la Ley L 3487, del estatuto del personal de la administración pública provincial, que establece el caso de abandono del servicio sin causa justificada, entre otros aspectos.

La medida fue difundida en el boletín oficial provincial emitido el 8 de este mes.

Se le hizo saber a la agente (Gladys Ivette M.G. su identidad este medio no difunde porque aún tiene derecho a apelar la medida) y que por lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley L N° 3487 la resolución es recurrible de conformidad a las previsiones contenidas en la norma de Procedimiento Administrativo A N° 2938.

En la documentación oficial no se detallan aspectos específicos de la medida.

En cuanto al abandono del servicio sin causa justificada, la norma estipula que se configura  cuando se registren cinco inasistencias continuas.  En este caso, el agente deberá ser intimado en forma fehaciente por el organismo a reintegrarse

a  sus tareas, agregando la constancia de dicha diligencia  en  el  expediente.  

Esa intimación  se  hará efectiva en el último domicilio registrado en su legajo  personal,  consignándose  en la misma  que  deberá reintegrarse  a  sus tareas habituales dentro  de  las 48 horas de su recepción, presentando  la documentación que justifique sus inasistencias.

En  el caso de no presentarse el agente o de no resultar  atendibles las razones de sus inasistencias, quedará configurado el abandono del servicio.

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