En las elecciones del domingo 7 de abril se seguirá el mismo criterio que la Justicia Electoral utilizó en los comicios anteriores y todos los documentos serán válidos para votar.
La única condición para ejercer el derecho al voto será presentar el ejemplar que figura en el padrón o uno posterior, pero en ningún caso uno anterior.
Además, oficialmente se considera importante aclarar que el primer ejemplar en tarjeta que salió, que acompañaba al DNI celeste y que tenía la leyenda “no válido para votar”, servirá si aparece en el padrón.