Archivan investigación por muerte de un hombre en SAE. No hay elementos para acusar a alguien

 

El fiscal viedmense Juan Pedro Puntel envió al archivo una investigación iniciada hace más de tres años por la muerte de un hombre en el interior de una vivienda ubicada en un sector del puerto de San Antonio Este. Para el funcionario judicial, no existen en la causa elementos que permitan sostener acusación en contra de persona alguna.

Las actuaciones se iniciaron en base al procedimiento policial llevado a cabo por personal la Subcomisaría 62 del Puerto de San Antonio Este 1-2-2015, a las 21.15 hs, en el que se dio cuenta que una mujer había dado noticia del incendio producido en el domicilio situado en la calle Kandava 465, parte de atrás. Momentos antes se había escuchado una explosión, una cortina de humo y un hombre que había alcanzado a salir con quemaduras en el cuerpo.

Por eso, fue trasladado al hospital de San Antonio Oeste, donde se lo identificó como Claudio Sergio Daniel Barrera, quien presentaba lesiones por quemadura en el 85 por ciento del cuerpo y fue trasladado al hospital Zatti de Viedma, donde falleció el 4-2-2015 por hipoxemia severa.

Entonces se llevaron a cabo las diligencias que aparecieron útiles y pertinentes a fin de determinar si en el evento como consecuencia del cual perdió la vida Claudio Sergio Daniel Barrera, intervino dolosamente alguna persona.

“En tal sentido y más allá del voluminoso cuadro testimonial del que no surgen indicios de intencionalidad por parte de persona alguna, pese a lo sostenido por la madre de la víctima, con el informe pericial elaborado por el jefe del Cuerpo de Bomberos de San Antonio Oeste, se estableció que la causa del siniestro debe encuadrarse como “hipotético accidental”, consignó el fiscal Puntel en un informe difundido oficialmente el lunes pasado.

Hizo constar que el informe fue confirmado por la pericia llevada a cabo por el especialista en incendio Alejandro Daniel Delgado, quien lo calificó como hipotético accidental Imprevisible y también se dio intervención a la Brigada de Investigaciones, entre otras medidas, tendientes a determinar la existencia de indicios de criminalidad que puedan vincular a la entonces pareja de la víctima con el hecho, arrojando resultados negativos.

“Así las cosas y teniendo en cuenta el procedimiento penal reglado por la Ley 5020, no existiendo en autos elementos que permitan sostener acusación en contra de persona alguna, sino por el contrario, atento las conclusiones de los peritos intervinientes, considero que la presente investigación debe ser archivada por aplicación del artículo 128 inciso 1° del CPP”, concluyó Puntel.

 

Foto: Informativo Hoy

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