Empresa obligada a devolver seña por frustrada compra de auto. Condenan a padre degenerado

 

A través de un proceso de “menor cuantía” tramitado en el Juzgado de Paz de Cipolletti, un cliente reclamó la devolución de $25.000 que había depositado como seña por un automóvil.

Después, la firma Next Car S.R.L fue condenada a devolver esa suma más intereses en concepto de “daño directo”, consignó un parte de prensa judicial.

El 28 de diciembre de 2016 el cliente hizo dos depósitos por $10.000 y $15.000 con el objetivo de señar un vehículo Toyota.

El contrato, que contenía una planilla y formulario con dos hojas con las clausulas contractuales decía que dentro de los 10 días podía pedir la devolución de la totalidad de la seña. A los 8 días, mediante carta documento que luego adjuntó, el cliente rescindió el contrato. La empresa contestó esa carta documento y le pidió los datos bancarios pero nunca le depositó los $25.000.

Una vez iniciado el juicio por “menor cuantía”, la jueza de Paz Gabriela Lapuente fijó una audiencia de conciliación para el 26 de junio de 2018, pero la firma no concurrió ni contestó la demanda.

Dice el fallo: “Entiendo que ha sido probada la existencia del contrato, y la revocación del mismo en los términos de la cláusula octava del mismo, tanto con el documento propiamente dicho, como con las cartas documento que ambas partes enviaron y recibieron.

La posibilidad de revocar del contrato estaba especialmente prevista en el documento, con un plazo de 10 días para hacerlo -tal cual lo establece el art. 1.110 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina- determinación que efectivamente tomó y notificó el consumidor según se probó con la carta documento que envió. El hecho fue reconocido por la demandada en la misiva en la cual requirió la información a fin de restituir las sumas de dinero.

Por su parte, el artículo 1.113 de ese mismo cuerpo legal, se prevé que la rescisión contractual, tiene los siguientes efectos: “Si el derecho de revocar es ejercido en tiempo y forma por el consumidor, las partes quedan liberadas de sus obligaciones correspectivas y deben restituirse recíproca y simultáneamente las prestaciones que han cumplido”.

Condenaron a 15 años de prisión a sujeto acusado de abusar de su hija

El Tribunal de Juicio de Viedma, presidido por el juez Carlos Reussi (presidente), junto a Itziar Soly y Juan Martin Brussino Kain, vocales, resolvió por unanimidad condenar a un individuo a la pena de 15 años de prisión por considerarlo autor de los delitos de abuso sexual continuado con acceso carnal agravado por el vínculo, ya que el imputado es el padre de la denunciante.

La víctima actualmente tiene 19 años y los hechos denunciados sucedieron entre los 13 y 15 años y ocurrieron en una ciudad atlántica.

El Ministerio Público, durante las jornadas del audiencias del juicio oral y público, estuvo representado por los fiscales Juan Pedro Puntel y Mariana Giammona y la defensa del imputado fue ejercida por Pedro Vega.

Por su parte el fiscal, al realizarse la audiencia de cesura, solicitó para el imputado una pena de 15 años de prisión mientras que la defensa pidió el mínimo en la escala penal para dicho delito que es de ocho años.

Al momento de dictar la sentencia, el Tribunal tuvo en cuenta el testimonio de la víctima y de su mamá, entre otros, los informes de los médicos forenses sobre las pericias físicas y psicológicas y los resultados de los datos telefónicos.

 

 

 

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