Sigue en prisión una china y condenan a Andrés Fajardo e imputan a David Dalceggio

 

El 24 de enero, alrededor de las 23, en una vivienda del barrio Cuatro Esquinas de Catriel, una mujer de nacionalidad china efectuó un disparo a corta distancia contra un hombre -también de origen asiático- con la presunta intención de darle muerte. Las heridas sufridas por la víctima, según las certificaciones médicas, pusieron en riesgo su vida por lo que la calificación legal provisoria es homicidio en grado de tentativa.

En una audiencia realizada ayer, el fiscal Martín Pezzetta solicitó una prórroga de 30 días para la ciudadana de nacionalidad china, cuya identidad no trascendió- acusada de tentativa de homicidio calificada por el uso de arma de fuego. La defensa no se opuso a los argumentos de la Fiscalía, pero había solicitó un plazo menor.

Teniendo en cuenta que la imputada no habla el idioma español, tal como se hubiera realizado en la formulación de cargos, se contactó a un traductor a los fines que ella pudiera comprender los alcances de la audiencia.

Durante su exposición, el fiscal señaló que persistían los peligros procesales que hubieran sustentado la prisión preventiva desde la formulación de cargos y que la mujer no presentaba arraigo en la zona por lo que no correspondía dictar su excarcelación.

Agregó que hasta el momento no ha finalizado los trabajos desarrollados por el Departamento de Reconstrucción Virtual de la Procuración General y que todavía no se han recibido algunos de los resultados de pericias realizadas por el Gabinete de Criminalística respecto de la trayectoria del proyectil que lesionara a la víctima. Las medidas serán de suma importancia para determinar la calificación legal del caso, explicaron fuentes oficiales.

El defensor oficial, Juan Pablo Piombo, no cuestionó la falta de arraigo de su defendida, pero entendió que el plazo de 30 días era excesivo. Por lo anterior, requirió al juez interviniente que se prorrogue la prisión preventiva pero sólo por 20 días. El juez de Garantías, Marcelo Gomez, resolvió según lo requerido por la fiscalía y prorrogó el plazo por 30 días.

Finalmente, Pezzetta manifestó que la víctima ha solicitado mantener un encuentro con la acusada previo a la audiencia de control de acusación y que el mismo se realizaría la semana entrante con la presencia del fiscal del caso y el defensor oficial que representa a la acusada.

Condenan a Andrés Fajardo a cuatro años de prisión efectiva y ocho de inhabilitación para conducir por homicidio culposo agravado

El Tribunal integrado por los jueces Miguel Angel Gaimaro Pozzi, Héctor Leguizamón Pondal y Marcelo Barrutia hizo lugar al acuerdo pleno de juicio Aabreviado acordado por la fiscal Betiana Cendón y el defensor particular Guillermo Harari y condenó a Andrés Marcelo Fajardo, argentino, de 20 años de edad, soldado voluntario, a la pena de cuatro años de prisión efectiva por considerarlo autor penalmente responsable del delito de “homicidio vulposo agravado por la conducción imprudente y antirreglamentaria , haberse dado a la fuga y por el exceso de velocidad”.

Le impusieron además la inhabilitación por ocho años para conducir automóviles.

En la audiencia, oral y pública de ayer, el imputado, en presencia de su defensor, aceptó la responsabilidad en el hecho que le fuera formulado y aceptó el acuerdo arribado.

Andrés Marcelo Fajardo fue imputado por homicidio culposo agravado , hecho ocurrido el 11 de este mes en horas de la mañana en la esquina de Onelli y Neuquén. En la oportunidad, Fajardo conducía su auto por calle Onelli a 86 km/h cuando embistió a Hugo Stojakovich, que cruzaba por la esquina. Ante la situación, no detuvo la marcha y se retiró del lugar. Fue detenido horas después por policías que lograron identificar la patente del auto en un video grabado por las cámaras de seguridad.

El presidente del Tribunal, juez Gaimaro Pozzi, ante el acuerdo pleno presentado por las partes, destacó la valiosa herramienta que propone el juicio abreviado y que permite a las partes evitar la realización de un juicio con todo lo que ello significa.

En este caso, la fiscalía entiende que existen elementos claros y contundentes que vinculan como autor del hecho a Fajardo. Señaló además que “sin perjuicio que el imputado a aceptado su responsabilidad y el acuerdo arribado, el Tribunal tiene la obligación de valorar la prueba, tal como lo hizo la Fiscalía” .

Destacó el acta de procedimiento y croquis realizados por personal policial en el lugar del hecho, acta de secuestro del vehículo y del celular, certificado médico, informe que acredita las lesiones y la posterior autopsia por parte del forense Piñero Bauer, testimonios varios. informe del perito Néstor Vidal y filmaciones de las cámaras de seguridad.

El juez Gaimaro Pozzi señaló que todos estos elementos probatorios fueron tenidos en cuenta por la Fiscalía y la Defensa cuando señalaron la existencia de ” prueba determinante y contundente” . También, el Tribunal valoró la aceptación de responsabilidad del imputado. Por último, la pena acordada, ha sido considerada como razonable. Esta sentencia queda firme ayer, 11 días después de ocurrido el hecho.

Juez de Garantías tuvo por formulado cargos por lesiones graves culposas por conducción negligente y antirreglamentaria

El juez de Garantías Ricardo Calcagno tuvo por formulado cargos por lesiones graves culposas causadas por conducción de un automóvil de manera negligente y antirreglamentaria y otorgó cuatro meses a las partes para completar la investigación.

En audiencia oral y pública, la fiscal Silvia Paolini imputó a David Damián Dalceggio, estudiante universitario, mayor de edad y vecino de esta ciudad por el hecho ocurrido el 27 de marzo de 2016 a las 8,45 en inmediaciones de la esquina de las calles Moreno y Villegas.

En la oportunidad, David Damián Dalceggio conducía un vehículo marca Chevrolet modelo “Prisma” a una velocidad estimada entre 40 y 50 kilómetros por hora. Lo hacía, de acuerdo a la imputación fiscal, en forma errática y en estado de ebriedad por calle Moreno, en sentido Este Oeste.

Al llegar a Villegas, embistió en su lateral delantero izquierdo a un auto Chevrolet “Corsa” el que iba conducido por Vicente De Luca. Debido al impacto De Luca sufrió pluralidad de traumatismos en piernas y brazos y fractura de clavícula. Las lesiones fueron calificadas como graves.

La fiscal señaló que el accionar de Dalceggio fue negligente y antirreglamentario, toda vez que lo hizo con un nivel de alcoholemia superior al permitido, no se detuvo ante la luz roja del semáforo y lo hizo de manera errática. Cabe señalar que esta causa proviene del sistema anterior y se ha reformulado en los términos previstos por el Código Procesal Penal en vigencia.

El imputado junto a su defensor Marcelo Álvarez Melinger no tuvo objeciones a la formulación de cargos realizado ni al plazo establecido para la investigación.

 

FOTO FM ALAS

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