Juzgado de Viedma definiría demanda de Río Negro por $3.300.000 contra particular

 

Los jueces del Superior Tribunal de Justicia establecerían -si acepta un reciente dictamen de la Procuración General- que corresponde al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 de Viedma decidir en la causa relacionada con demanda que inició la provincia de Río Negro para cobrar $3.368.000 a un particular por incumplimiento contractual por la zona franca de Sierra Grande.

En el curso del análisis judicial por el caso se planteó un conflicto de competencia entablado entre el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 y la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, ambos de la Primera Circunscripción Judicial y con asiento de funciones en Viedma.

La cuestión tiene origen en la presentación, el 10 de setiembre de 2007, por la cual la provincia de Río Negro, por medio de un apoderado, inició formal demanda de cobro por incumplimiento contractual contra C. D. S.A. (los datos de identidad no trascendieron oficialmente) por la suma de $ 3.368.000, con más intereses.

Se explicó en el escrito que el monto reclamado surge de la resolución N° 2/2004 dictada por el Comité de Vigilancia de la Zona Franca Rionegrina con asiento en Sierra Grande en el expediente administrativo N° 85347-DAJ-2004 “Ref. Zona Franca Sierra Grande.”, por encontrarla incursa a la accionada en las infracciones dispuestas en los artículos 9 y 11 del contrato de concesión suscripto por las partes para la explotación comercial, industrial y de servicios de la zona Franca de Sierra Grande.

El escrito fue presentado ante el Juzgado Civil, Comercial de Minería y Sucesiones Nº 3 de Viedma, organismo que –luego de resolverse previamente la improcedencia de una acumulación de expedientes- tuvo por promovida demanda el 27 de abril de 2012, a tramitar de conformidad a las normas del proceso ordinario.

No obstante, en la sentencia interlocutoria del 29-8-2017 el nuevo magistrado de la causa decidió -en concordancia con lo dictaminado por el Ministerio Público Fiscal- que debía intervenir la Cámara de Apelaciones.

En sus fundamentos, expone el juez que: “… la actora pretende el cobro de las sumas de dinero resultantes de la resolución N° 2/2004 -dictada por el Comité de Vigilancia de la Zona Franca Rionegrina- en virtud del incumplimiento del contrato de concesión suscripto por las partes para la explotación comercial, industrial y de servicios de la Zona Franca de Sierra Grande. Así, resulta evidente que el aludido contrato de concesión suscripto entre el Estado provincial y la firma demandada y los alcances de sus eventuales incumplimientos, en el marco de una relación de derecho público y tiene causa en un contrato administrativo…”.

En un dictamen emitido el 8 de este mes, el procurador general subrogante Marcelo Álvarez sustentó que la continuidad del trámite corresponde al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 de la Primera Circunscripción Judicial, de Viedma.

 

 

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