Roca: Condenan a mujer por corrupción de una menor. Piden cárcel para dos abusadores sexuales

 

El Superior Tribunal de Justicia confirmó la condena de ocho años de prisión efectiva a una mujer de General Roca que fue declarada autora de los delitos de “abuso sexual simple en concurso ideal con promoción de corrupción de menores, en concurso real con desobediencia y sustracción de menores”, en perjuicio de una menor de edad.

Actualmente, la mujer está detenida.

En diciembre de 2016 la Cámara Criminal Tercera de Roca condenó a la imputada A.G.E. por los hechos ocurridos desde octubre de 2013 y durante todo el año 2014, cuando la víctima tenía entre 12 y 13 años.

La defensa de la mujer, ejercida por el abogado Miguel Salomón, planteó que la condena fue “arbitraria” y que la imputada debió haber sido absuelta “por el beneficio de la duda dada la insuficiencia de la prueba de cargo”.

En la sentencia se tuvo por acreditado que la mujer “desplegó acciones de contenido sexual idóneas, tendientes a depravar la conducta sexual de la menor de edad, atacando su normal conformación psíquica para el desarrollo y evolución sexual”. En el último de los hechos, “a sabiendas de que la menor se había fugado de su hogar y que tenía vigente una prohibición de acercamiento a la misma, actuando con la intención de ocultarla del personal policial, la ocultó dentro de un ropero en su habitación cuando los efectivos acudieron a su vivienda a buscarla”.

“El pueril e ingenuo intento de la niña de ocultar los hechos”se enmarca en el contexto del abuso sexual al que se veía sometida, en una etapa de inmadurez, que le impidió contar con los recursos psíquicos adecuados para preservarse, ello aunado al abandono emocional y social en que se encontraba inmersa”, concluyó el STJ respecto de la situación de la menor de edad.

La defensa sostuvo que “las demostraciones de afecto, apego, cariño e inclusive amor no pueden ser consideradas conductas delictivas, inmorales, impúdicas o deshonestas”, pero contra esa argumentación el STJ concluyó que los hechos demostrados “no se limitaron a la existencia de un beso o gestos que impliquen solo un acercamiento de la niña”, sino que existen testimonios, videos y pericias psicológicas, entre otras evidencias, que demostraron la existencia de “situaciones concretas y precoces respecto de su sexualidad”, las cuales generaron “riesgo para la integridad psicológica de la niña”.

Ocho y cinco años de prisión en caso de abuso ocurrido en Roca

El fiscal Luciano Garrido, a cargo de la Unidad Temática dedicada a investigar Delitos contra las Personas, solicitó esta semana la pena de 8 y 5 años de prisión efectiva para dos sujetos por considerarlos autores de abuso sexual ultrajante con corrupción de menores a uno y al otro por abuso sexual ultrajante.

El pedido se realizó en el marco de un juicio abreviado, que implicó que los acusados reconozcan su autoría en el hecho, la calificación legal y la pena prevista. Todo ello hicieron los hombres frente a Flavia Rojas, defensora oficial que representó a la víctima menor, y que prestó conformidad al acuerdo de la fiscalía, junto al defensor particular.

Las pruebas que se presentaron fueron los testimonios del padre de la víctima, los estudios y testimonio de cuatro médicos legistas, también el de la psicóloga que intervino en la Cámara Gesell recepcionada a la menor.

Los dos hermanos llegaron a esta etapa de juicio detenidos por prisión preventiva.

El Tribunal Colegiado estuvo compuesto por los jueces Fernando Sánchez Freytes, Laura Pérez y Emilio Stadler, que por unanimidad hicieron lugar a lo propuesto en el marco de la figura de juicio abreviado y dictaron la sentencia que lo homologa.

 

 

 

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