Tiene que pagar $5.719 a vecina por daños que sus perros causaron a mascota de ella

 

Una mujer que reside en la zona de chacras de Cinco Saltos inició, a través del proceso denominado de menor cuantía, un reclamo por el ataque que protagonizaron los perros de su vecino. Como consecuencia de ese episodio, sus mascotas debieron ser asistidas en una veterinaria.

En la resolución, la Justicia de Paz de Cinco Saltos hizo lugar a la pretensión y condenó al propietario de los perros a abonarle a la señora la suma de $5.719.

Para fijar este monto se consideraron los gastos afrontados por la mujer en las curaciones de sus mascotas, conforme a lo facturado por una veterinaria de la ciudad.

Antes de la sentencia, las partes se reunieron en una audiencia y fue cuando el demandado reconoció que en un episodio anterior, ocurrido a fines de 2016, sus perros mataron también a uno de los canes de la vecina.

La mujer no quiso reclamar por ese hecho, porque durante mayo y junio de 2017 los animales del vecino atacaron a otros dos de sus perros, los cuales se encontraban dentro de su propiedad.  Sin embargo, los canes del demandado atravesaron el cerco perimetral de la vivienda y le provocaron heridas graves en el cuello de uno de los animales y al otro en las patas traseras.

La resolución fue adoptada por el juez de Paz de Cinco Saltos, Enzo Espejo, con la asistencia de la secretaria letrada Betiana Pagliacci.

Menor cuantía: un mecanismo sencillo y gratuito para resolver reclamos de hasta 20 mil pesos

Las acciones de menor cuantía permiten a los ciudadanos resolver reclamos de hasta 20 mil pesos de una manera más rápida, sencilla y en cualquier ciudad, pueblo o paraje que cuente con un Juzgado de Paz.

El Poder Judicial rionegrino cuenta con 49 Juzgados de Paz extendidos en todo el territorio provincial. Son, en muchos casos, la opción más cercana de los ciudadanos a la hora de resolver conflictos vecinales o realizar determinados trámites.

Los procesos de menor cuantía son aquellos cuyo monto actual es hasta de 20 mil pesos. Anualmente el límite es actualizado por el Superior Tribunal de Justicia. Se inician en los Juzgados de Paz con un formulario en carácter de demanda, a través del cual se reclama un monto en pesos a la contraparte. Dichos procesos están definidos y enmarcados en los Artículos 63 I y II de la Ley Orgánica K 2430 y en los artículos 802 y ss del Código Procesal Civil y Comercial.

El procedimiento es gratuito para garantizar el acceso a la justicia. Además, es informal y respeta los principios de bilateralidad, igualdad y colaboración.

El trámite es verbal, sumarísimo, gratuito, informal pero con la garantía del resguardo del derecho de defensa. Los juicios que quedan excluidos son los de sucesión, familia, laborales y desalojo.

Además de las acciones de menor cuantía en los Juzgados de Paz se tratan contravenciones, notificaciones, certificaciones, autorizaciones, juicios ejecutivos, ejecuciones fiscales, violencia familiar (Ley 3040), beneficio de litigar sin gastos, probation, audiencias y carta poder son algunas de las cuestiones que se atienden en los Juzgados.

 

 

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