Ratifican condenas judiciales contra tres abusadores sexuales en Allen, Cervantes y Roca

 

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro confirmó tres condenas de prisión efectiva por graves delitos contra la integridad sexual de los que fueron víctimas niños y niñas del Alto Valle.

En el primer caso, jueces del STJ confirmaron la condena de 12 años de prisión dictada la Cámara Criminal Segunda de Roca contra un sujeto  de Allen. El imputado fue declarado autor del delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido por el ascendiente contra un menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente y por haber provocado un grave daño mental en la víctima”.

Surge de la sentencia que el hecho ocurrió en la vivienda familiar, en el año 2012, cuando el padre quedó a solas con el hijo porque la madre se encontraba en la iglesia.

El Tribunal tuvo por acreditado que tras consumar el abuso el hombre amenazó al niño con “matar a su mamá” si relataba lo sucedido. El hecho fue denunciado penalmente por la madre, luego que una maestra del niño la pusiera en conocimiento de lo que éste le había relatado.

En el segundo caso, confirmaron la condena de nueve años de prisión dictada por la Cámara Criminal Segunda de Roca contra un individuo de Cervantes que abusó de su sobrina de ocho años. El STJ ratificó la sentencia como “autor del delito de abuso sexual con acceso carnal calificado por encontrarse al cuidado de la menor, aprovechando la convivencia preexistente”.

Surge de la sentencia que el ataque ocurrió a finales de 2015 en la casa de la víctima cuando el imputado “se encontraba a solas cuidando a su sobrina”. El autor se aprovechó “de la especial relación que mantenía con ella, la confianza y el cariño que la niña le tenía y por la circunstancia de convivir con ella en la misma casa, desde que ésta nació, casi todos los fines de semana”.

El tercer caso está relacionado con un profesor de tango de Roca, quien cometió el delito de “estupro” en perjuicio de una alumna menor de edad.

En octubre de 2016 la Cámara Criminal Segunda de Roca condenó al imputado P.O.C.M. como autor del delito de “estupro agravado por la calidad de educador” a la pena de seis años de prisión.

Se tuvo por acreditado que entre 2012 y 2013, cuando la víctima tenía 13 años de edad, los actos de contenido sexual comenzaron durante los ensayos en la casa del imputado, continuaron a través de comunicaciones electrónicas y fueron aumentando hasta la materialización de reiteradas relaciones sexuales, siembre mediando aprovechamiento de la inmadurez de la víctima por parte del imputado y de su situación de preeminencia por tratarse de un docente.

 

En los tres casos no identificaron oficialmente a los acusados.

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