Bajan intereses de créditos hipotecarios en Río Negro. Reducen ingresos brutos del 5% al 1,5%

 

En la provincia de Río Negro, los intereses de los créditos hipotecarios para la adquisición, construcción o ampliación de viviendas familiares otorgados por entidades financieras u otras instituciones sujetas al régimen de entidades financieras, están gravados en el impuesto sobre los ingresos brutos con la alícuota del 5 por ciento, pero el Gobierno provincial quiere bajarlo al 1,5 por ciento.

“La aplicación de una alícuota diferencial para este tipo de operaciones impactará directamente en el valor de la cuota permitiendo una reducción significativa de la misma”, consigna un párrafo del proyecto de ley, con acuerdo de ministros, que presentó ayer el Poder Ejecutivo rionegrino.

Fundamentó que “a partir de las recientes medidas dispuestas por la Nación que apuntan a dar un fuerte impulso al otorgamiento de créditos hipotecarios con tasas y cuotas que permitan el acceso a la vivienda propia a sectores que hasta el momento se encontraban marginados de tal posibilidad, se hace necesario evaluar medidas que desde nuestra provincia coadjuven al logro de tan ansiado objetivo”.

Considerando las expectativas generadas hasta el momento, el Gobierno rionegrino espera “una demanda importante de créditos para este fin previéndose un impacto positivo en todo el territorio nacional, tanto en el mercado inmobiliario como en el de la construcción, lo que sin dudas generará nuevas fuentes de trabajo y de ingresos para las provincias”.

Estimó a fundamental para el análisis del proyecto entender que “debe propenderse a una efectiva complementación entre los diferentes niveles de gobierno de nuestra Nación, priorizando el acompañamiento a las medidas nacionales cuando las mismas, como en el presente caso, tienen como objetivo la calidad de vida de los ciudadanos”.

“Atento a que actualmente los intereses de los créditos hipotecarios para la adquisición, construcción y/o ampliación de viviendas familiares otorgados por entidades financieras u otras instituciones sujetas al régimen de entidades financieras están gravadas en el impuesto sobre los ingresos brutos con la alícuota del 5 por ciento, la aplicación de una alícuota diferencial para este tipo de operaciones impactará directamente en el valor de la cuota permitiendo una reducción significativa de la misma”, concluyó en la iniciativa emitida el 11 de este mes, pero oficializada ayer lunes.

En su parte resolutiva, el proyecto propone textualmente.

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y

 

Artículo 1º.- Incorporase al apartado I del artículo 6º de la Ley Nº 5174, la Alícuota especial siguiente:

 

810190: Intereses y ajustes por desvalorización monetaria correspondientes a los créditos hipotecarios otorgados para la adquisición, construcción y ampliación de vivienda única, familiar y de ocupación permanente otorgados por entidades financieras u otras instituciones sujetas al régimen de entidades financieras: uno coma cinco por ciento (1,5%).

 

Artículo 2º.- La Alícuota establecida en el artículo anterior, se aplicará para las operaciones realizadas a partir del día siguiente a la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro.

 

Artículo 3º.- Para las operaciones encuadradas en el artículo anterior otorgados con anterioridad a la sanción de la presente ley, la alícuota establecida se aplicará a partir de la 1º cuota que venza con posterioridad da la entrada en vigencia de la misma.

 

Artículo 4º.- La presente ley entrará en vigencia a partir de su publicación.

 

Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.

 

 

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