Beneficiarán a estatales rionegrinos en condiciones de jubilarse. Ahora, trámites todo el año

 

El Gobierno de Río Negro dispuso por decreto que el personal activo del Poder Ejecutivo Provincial que se encuentre en condiciones de jubilarse podrá adherir durante todo el año al régimen voluntario de regularización de aportes y contribuciones. La medida oficial propone “beneficiar al personal activo que se encuentre en condiciones de jubilarse”.

En el decreto 413, difundido ayer oficialmente, se mencionó que por similar documento -Nº 664/15, se creó el Régimen Voluntario de Regularización de Aportes y Contribuciones a la Seguridad Social que tiene por finalidad la incorporación de los conceptos no remunerativos que integran los haberes del personal activo del Poder Ejecutivo Provincial que se encuentren en condiciones de jubilarse.

El artículo 5° del decreto N° 664/15 dejó establecido que anualmente se prorrogaría el Régimen Voluntario de Regularización de Aportes y Contribuciones estableciéndose un nuevo plazo para la adhesión al mismo.

“Durante los años 2015 y 2016 se implementó y aplicó exitosamente el procedimiento establecido en el decreto N° 664/15”.

“Teniendo en cuenta los buenos resultados obtenidos y a fin de beneficiar al personal activo que se encuentre en condiciones de jubilarse, se considera oportuno modificar la norma mencionada determinando que el personal activo del Poder Ejecutivo Provincial que se encuentre en condiciones de jubilarse podrá adherir al Régimen Voluntario de Regularización de Aportes y Contribuciones, durante todo el año”.

Contenido del decreto 413:

Alcance: El presente régimen alcanza a todo el personal activo del Poder Ejecutivo Provincial no comprendido en ningún régimen previsional especial tal como policial, penitenciario, docentes, etc, que estuvieren en condiciones de jubilarse y que efectivamente manifiesten la voluntad de adherir al mismo durante todo el año calendario.

Solicitud de Adhesión: El interesado deberá presentar una solicitud de adhesión conforme al modelo que se agrega como anexo A del presente

Decreto, acompañada de la siguiente documentación

 

  1. a) Informe emitido por el ANSES que acredite los años de servicio del

interesado.

 

  1. b) Fotocopia certificada del Documento Nacional de Identidad.

 

La documentación podrá ser certificada por escribano público, autoridades del Registro Civil y Capacidad de las Personas, juez de Paz o autoridad superior del Poder Ejecutivo Provincial.

Los interesados podrán presentar la solicitud de adhesión durante todo el año. La autoridad de aplicación determinará el lugar y horario de la recepción de las mismas y dará inicio a los trámites que se hubiesen presentado al cierre de cada trimestre.

Art. 2°.- Sustituir el artículo 5° del decreto N° 664/15 que quedará redactado de la siguiente manera:

“Art. 5°.- Establecer que el personal activo dependiente del Poder Ejecutivo Provincial, que reúna los requisitos para jubilarse, podrá acceder al presente régimen durante todo el año calendario”.

 

 

 

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