Envió un paquete por ómnibus y se lo dañaron. Le pagaron $3.000 y un crédito para viajar

 

El Juzgado de Paz de Cipolletti concilió un conflicto enmarcado en la Ley de Defensa del Consumidor. La persona que hizo el reclamo obtuvo $3.000 por parte de la empresa Vía Bariloche por un paquete que, según consignó en la demanda, llegó a Cipolletti con daños en el envoltorio y en el producto. La compañía de transporte, además, le entregó una nota de crédito para viajar en ómnibus.

El damnificado había realizado una compra a través de internet y el envío se acordó a través de la empresa Vía Bariloche. El 31 de mayo de 2016, el consumidor se presentó ante el Juzgado de Paz e inició el reclamo bajo el trámite de “menor cuantía”. Consignó en el formulario que, al recibir el paquete, advirtió daños en el envoltorio y en el producto.

Después de notificar a la parte demandada se inició una instancia de conciliación. Finalmente, el 31 de marzo de este año el Juzgado de Paz de Cipolletti homologó el acuerdo.

Se consignó en el acta que “sin reconocer hechos ni derechos y al sólo fin conciliatorio, la demandada, Vía Bariloche S.A. propone al actor y éste acepta abonar la suma de 3.000 pesos en dinero en efectivo. Además de esa suma, la demandada dará al reclamante una nota de crédito por la suma de 1.500 pesos para ser utilizados por el actor para viajar en los ómnibus de la demandada”.

PRENSA JUSTICIA

Menor cuantía: un mecanismo sencillo y gratuito para resolver reclamos de hasta $20.000.

Las acciones de menor cuantía permiten a los ciudadanos resolver reclamos de hasta 20 mil pesos de una manera más rápida, sencilla y en cualquier ciudad, pueblo o paraje que cuente con un Juzgado de Paz.

El Poder Judicial rionegrino cuenta con 49 Juzgados de Paz extendidos en todo el territorio provincial. Son, en muchos casos, la opción más cercana de los ciudadanos a la hora de resolver conflictos vecinales o realizar determinados trámites.

Los procesos de menor cuantía son aquellos cuyo monto actual es hasta de 20 mil pesos. Anualmente el límite es actualizado por el Superior Tribunal de Justicia. Se inician en los Juzgados de Paz con un formulario en carácter de demanda, a través del cual se reclama un monto en pesos a la contraparte. Dichos procesos están definidos y enmarcados en los artículos 63 I y II de la Ley Orgánica K 2430 y en los artículos 802 y ss del Código Procesal Civil y Comercial.

El procedimiento es gratuito para garantizar el acceso a la justicia. Además, es informal y respeta los principios de bilateralidad, igualdad y colaboración.

El trámite es verbal, sumarísimo, gratuito, informal pero con la garantía del resguardo del derecho de defensa. Los juicios que quedan excluidos son los de sucesión, familia, laborales y desalojo.

Además de las acciones de menor cuantía en los Juzgados de Paz se tratan contravenciones, notificaciones, certificaciones, autorizaciones, juicios ejecutivos, ejecuciones fiscales, violencia familiar (Ley 3040), beneficio de litigar sin gastos, probation, audiencias y carta poder son algunas de las cuestiones que se atienden en los Juzgados.

 

FOTO LA VOZ DE CIPOLLETTI

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