Prisión preventiva para violento padrastro que golpeó a un bebé durante cinco horas

 

El juez de Instrucción de Bariloche Ricardo Calcagno, en una resolución del 20 de enero difundida este jueves, dictó el procesamiento y prisión preventiva de Andrés Maximiliano Merlo por presunto autor penalmente responsable de “homicidio en grado de tentativa” en perjuicio de un nene de un año y cuatro meses, hijo de su pareja.

En su momento, la fiscal Cendón imputó a Merlo el hecho ocurrido en la vivienda familiar ubicada  en la calle Jhon Oconnor de Bariloche entre las 22 del día 28 de diciembre del año 2026 y las 3:00 del 29 de diciembre de 2016.

El acusado, aprovechando su superioridad física, amedrentó a su pareja y madre del bebé de 1 año y 4 meses de vida.

“Posteriormente, golpeó al niño de manera constante, entre las 22,00 y las 3,00 con la mano en el rostro, zamarreándolo también de manera constante. Además, golpeó al niño con un paquete de pañales en la cara, lo que provocó sangrado. Finalmente, el bebe se desvaneció”.

Se ha consignado en la resolución que todas las lesiones que sufrió el niño,  claramente pusieron en riesgo real y efectiva  su vida, sin saber con certeza,  como será la evolución del mismo, para evaluar secuelas anatómicas y funcionales. En las circunstancias antes expresadas, el imputado “no pudo consumar su cometido por la presencia de la madre del menor quien intervino para su traslado al hospital local, donde Merlo arribó primero con el bebe y manifestó a los médicos de guardia que las lesiones se produjeron porque G. L. se había caído de la cama, obligando a  la madre que dijera lo mismo, procurando su impunidad.

Se ha destacado en la resolución que,  luego del análisis del material probatorio reunido , es decir testimonios, informes médicos y psicológicos, historia clínica del niño, informes policiales, informes de Criminalística, se ha considerado que ha quedado demostrado que Merlo, provocó las lesiones caracterizadas por el Cuerpo Médico Forense y que casi llevaran a la muerte al niño.

Se ha señalado también que “existen numerosos indicios del maltrato  que el imputado provocaba al menor. El contexto en que se produce la tentativa de homicidio se ha demostrado de manera real y efectiva a través de los distintos testimonios recabados por los vecinos del imputado como asimismo del testigo que observó como Merlo agredía en la vía pública al menor”.

Se destaca además que en este caso, la intención de Merlo fue más allá del  maltrato que ya venía ejerciendo. “La intención que tuvo  fue la de dar muerte al bebe  mediante la utilización de fuerza y golpes en zonas vitales de su cuerpo.

Por los testimonios recogidos “ha quedado  claro el desprecio por el nene  quien fue golpeado en zonas vitales  durante  más de cuatro horas, en una situación de sometimiento total. Esta intención y ejecución de los actos no ha sido con otro fin que darle muerte , consecuencia que no ocurrió por la intervención de la madre y posterior tratamiento por parte de los médicos del Hospital Zonal local quienes lograron estabilizar al mismo y salvarle la vida.

“Tanto de las fotografías remitidas por el Gabinete de Criminalística como del informe médico elaborado por el doctor Sacomanno, con respecto a las lesiones que sufrió el menor, su modo de producción, no se condice con la coartada intentada por el imputado y su progenitora el día del hecho al momento de explicarle a los  médicos del Hospital el origen de tantas lesiones en el cuerpo de una criatura que, según los dichos de los testigos, apenas podía caminar y tenia enormes dificultades para expresarse.

En síntesis, la resolución señala que las constancias analizadas permiten confirmar la acreditación de la materialidad del hecho en las circunstancias apuntadas en la acusación y la autoría responsable del mismo por parte del encausado.

Esta resolución ha sido apelada por la defensa del imputado y será la Cámara Primera del Crimen la que resolverá al respecto, concluyó el extenso parte judicial.

 

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