Un individuo fue condenado por haber engañado a una mujer para que ella le entregue una alta suma de dinero. La Defensa Pública adhirió al pedido de pena y el acusado, que actualmente se encuentra preso, reconoció haber sido una de las dos personas que perpetraron la estafa.
De la audiencia de procedimiento abreviado, que se realizó por zoom, el imputado participó desde la Unidad Penal de Sierra Chica, donde se encuentra alojado. La fiscal Paula de Luque recordó los detalles del hecho ocurrido durante el mediodía del 15 de abril de 2025, en una vivienda ubicada sobre la calle Perito Moreno de Viedma.
La secuencia comenzó con un llamado telefónico que recibió la víctima, en el que una persona que no pudo ser identificada, simulando ser su hijo, le informó sobre una supuesta reestructuración monetaria que provocaría cambios en el valor del dinero. Con ese argumento, le indicó que un “contador de confianza” retiraría los ahorros para resguardarlos.
“Instantes después, el hombre hoy imputado se presentó en el domicilio haciéndose pasar por ese profesional y logró ingresar a la vivienda”, expresó la fiscal quien agregó que, “mediante el engaño, consiguió que la víctima le indicara el lugar donde se encontraba la caja de seguridad en la que guardaba sus ahorros”.
La acusación sostuvo que al no encontrar la llave, el hombre salió del inmueble y regresó con una maza, con la que golpeó reiteradamente el sector donde estaba instalada la caja fuerte hasta desprenderla. De esa manera, se apoderó de una importante suma de dinero en dólares y de un encendedor dorado de colección. Mientras todo ello ocurría, otra persona permaneció esperándolo en un vehículo, en el que ambos abandonaron el lugar.
La Fiscalía propuso modificar la calificación legal inicialmente atribuida y sostuvo que los delitos de estafa y daños concurren en forma real, manteniendo la atribución de responsabilidad como coautor, de conformidad con los artículos 45, 55, 172 y 183 del Código Penal.
Al presentar el requerimiento de ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo, la fiscal repasó el desarrollo de la investigación, que comenzó con su intervención y de las fuerzas de seguridad en el lugar del hecho. Destacó que el entrecruzamiento de información con organismos de otras jurisdicciones permitió, a partir de las características físicas del imputado, vincularlo con otros hechos de similares características cometidos en la provincia de La Pampa.
En ese sentido, informó que el imputado registra una condena previa, dictada en 2019 por un juzgado penal de Mendoza por el delito de estafa y que actualmente cumple otra condena de un año de prisión efectiva por un hurto agravado por el uso de un elemento semejante a una llave. En función de esos antecedentes, solicitó al juez de juicio que receptara el acuerdo y le impusiera una pena de ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo.
El defensor oficial, Camilo Curi manifestó su conformidad con el acuerdo alcanzado. Finalmente, Marcelo Alvarez, juez de juicio interviniente, dictó sentencia en los términos requeridos por las partes.
Imputación y prisión preventiva a una mujer ante reiterados hurtos de mercadería
El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra una mujer acusándola de haber hurtado mercadería en distintos comercios de Cipolletti. La imputada había cumplido recientemente una condena de prisión por cometer este tipo de hechos de manera reiterada, por ello en la misma audiencia judicial, se le impuso 45 días de prisión preventiva para asegurar el desarrollo del proceso penal.
Según la fiscal adjunta Laura Olea, el primero de los hechos investigados ocurrió el 23 de junio, alrededor de las 13:55, en un comercio ubicado en calle Esquiú de Cipolletti. Allí la mujer y otras dos personas aún no identificadas, se apoderaron de bebidas, productos de higiene personal, artículos de limpieza, frutas y verduras, con un valor aproximado de 200.000 pesos.
El miércoles 8, a las 20 horas, también intentó retirar distintos productos alimenticios y chocolates sin abonarlos, en un comercio ubicado en calle San Martín. La maniobra fue advertida por una empleada del comercio, quien impidió que abandonara el lugar hasta la llegada de agentes policiales, quienes la detuvieron.
Los hechos fueron calificados como hurto consumado y en grado de tentativa, en calidad de autora, conforme a los artículos 42, 45 y 162 del Código Penal.
Para sustentar la formulación de cargos, la Fiscalía presentó como evidencia las denuncias de las personas damnificadas, los registros de cámaras de seguridad de ambos comercios, actuaciones policiales, fotografías obtenidas durante la intervención, un informe preliminar del Gabinete de Criminalística y los antecedentes vinculados a la investigación.
En la misma audiencia, solicitó la imposición de la prisión preventiva por el plazo de 45 días. Al momento de fundamentar tal pedido Olea sostuvo que la mujer reincide de manera sistemática en la comisión de este tipo de delitos, lo que revela “un patrón de comportamiento consolidado que debe ser ponderado al momento de evaluar la aplicación de la medida cautelar”. Agregó que recientemente agotó una condena y que, tras recuperar la libertad, volvió a delinquir nuevamente.
“La persistencia de la imputada en la comisión de este tipo de delitos, aun después de haber recibido múltiples condenas, demuestra que ninguna medida menos gravosa resulta suficiente para asegurar el normal desarrollo del proceso en curso. La reiterancia no constituye aquí un dato aislado, sino la manifestación de una conducta delictiva persistente, que evidencia la insuficiencia de otras medidas cautelares”, enfatizó.
El defensor oficial Sebastián Nolivo no manifestó objeciones a la formulación de cargos ni se opuso a la medida cautelar. No obstante, manifestó que no compartía la invocación de la ley de reiterancia. Asimismo, informó que las partes se encuentran trabajando en un procedimiento abreviado que podría sustanciarse antes de que venza el plazo de la medida cautelar.
Finalmente, y a pedido de la Fiscalía, la jueza de garantías Sonia Martín, resolvió tener por formulados los cargos e imponer a la persona imputada la medida cautelar. Aclaró que coincide con la posición de la defensa pero, habiendo acuerdo en cuanto a la medida cautelar disponía la misma por el plazo de 45 días.
Fuente; Ministerio Público Fiscal de Río Negro
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