La Presidencia del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro llamó a concursos públicos externos para ingreso de personal administrativo para prestar funciones con categoría de escribiente en las ciudades de Cipolletti y General Roca.
A continuación las resoluciones (textuales) publicadas ayer jueves en el boletín oficial de la provincia de Río Negro.
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ACLARACIÓN: masrionegro.com no tiene ninguna decisión con esta publicación oficial. Para más datos, observaciones y reclamos dirigirse al Poder Judicial de Río Negro.
Llamado A Concurso Externo Personal Administrativo – Escalafones A y B Categoría Escribiente Localidad de Cipolletti – 4ta. CJ Resolución 319/2025-STJ Cargo: Escribiente, con asiento de funciones en la localidad de Cipolletti, en el ámbito de la Cuarta Circunscripción Judicial. Requisitos Generales y Particulares: Establecidos en la Ley Orgánica 5731, el Reglamento Judicial y la Resolución 319/25-STJ, de acuerdo las Bases y Condiciones del Concurso.
Plazo y Lugar de Inscripción: Desde el 12/05/2025 a las 08:30 Hs., hasta el 23/05/2025 a las 13:30 Hs, a través del sitio web institucional del Poder Judicial de Río Negro: https://www.jusrionegro.gov.ar/web/rrhh/concurso.php?id=504 Informes, Bases y Condiciones: En el sitio institucional del Poder Judicial de Río Negro https:// www.jusrionegro.gov.ar/web/rrhh/concurso.php?id=504 o, a la cuenta de correo electrónico [email protected], o telefónicamente al 02920-441000 Int. 1586/1377. Ezequiel F. Vinci, Gerente Área de Gestión Humana.- ––O––
Resolución STJ N° 319/2025 Visto: el expediente VI-00807-2025, caratulado Gerencia de Gestión Humana s/ Concurso de Ingreso Personal Administrativo Escalafones A y B – localidad de Cipolletti, y: CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución 186/21-STJ se llamó a Concurso Público Externo para ingreso de personal administrativo en los Escalafones A y B, con destino a las localidades de Cipolletti, Cinco Saltos y Catriel, según Ley Orgánica 5731 y el Reglamento Judicial
Que en vista de que el Orden de Mérito vigente en la localidad de Cipolletti, se encuentra próximo a agotarse, resulta necesario convocar a la brevedad a un nuevo llamado a concurso. Que la Constitución Provincial, la Ley Orgánica 5731 y el Reglamento Judicial establecen los requisitos y procedimientos del régimen de concursos para la cobertura de los cargos públicos dentro del Poder Judicial, los cuales deben ser aplicados con estrictez.
Que para un óptimo ordenamiento, previo al inicio del periodo de inscripción, deberán constituirse las Bases y Condiciones que regirán el concurso, mediante las cuales se establezca un cronograma de actividades, descripción de las etapas que lo componen y fechas tentativas de realización de las mismas, como así también, una guía de competencias y obligaciones de los actores que intervendrán en el mismo.
Que la presente Resolución se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el inciso. b) del Artículo 3º) de la Acordada 013/15-STJ.
Por ello, La Presidencia del Superior Tribunal de Justicia RESUELVE:
Artículo 1°.- Llamar a Concurso Público Externo para ingreso de personal administrativo, para prestar funciones en horario de atención al público o vespertino según necesidades del servicio, con categoría de Escribiente, en los escalafones A y B (Ejes Temáticos 1, 2, 3 y 4), con asiento en la localidad de Cipolletti, en el ámbito de la Cuarta Circunscripción Judicial, según la Ley Orgánica 5731 y el Reglamento Judicial.
Artículo 2°.- La inscripción será únicamente vía electrónica a través del Formulario de Inscripción que a tales fines se habilite en la página web del Poder Judicial, en el sitio asignado al presente concurso: https://www.jusrionegro.gov.ar/web/rrhh/ y, podrá realizarse a partir del 12/05/2025 a las 8:30 horas, hasta el 23/05/2025, a las 13:30 horas, conforme las pautas, bases y condiciones que el Área de Gestión Humana determine.
Artículo 3°.- Establecer los siguientes requisitos excluyentes: Al momento de la inscripción: 1. Ser Argentino/a o residente permanente. 2. No tener menos de 18 años de edad. Aquellas personas que superen los 35 años de edad deberán acreditar luego de la inscripción la regularidad en el sistema previsional y justificar que han realizado los aportes suficientes que les permitan acceder al beneficio previsional al momento de cumplir la edad mínima requerida para jubilarse. 3. No haber cesado en un cargo en el Poder Judicial de la Provincia de Río Negro como consecuencia de no haber superado satisfactoriamente el periodo de prueba para el mismo escalafón en los últimos tres (3) años o por medida disciplinaria en los últimos cinco (5) años. 4. Tener aprobado el nivel secundario completo, en cualquiera de sus modalidades. Requisitos previos a la designación: 1. Justificar idoneidad para el cargo mediante concurso público (cf. Art. 51 de la Constitución Provincial). 2. Acreditar buena conducta mediante certificado de Reincidencia Nacional expedido por entidad habilitada. 3. No encontrarse incurso en las inhabilidades previstas en el Artículo 198° de la Constitución Provincial en función del Art. 13 de la Ley 5731. 4. Fijar domicilio en el lugar de la prestación laboral o en un radio de hasta 50 km del mismo. 5. Acreditar aptitud psico-física, sin preexistencias u observaciones que puedan afectar la idoneidad para el desempeño en el cargo que se postula, mediante examen médico de salud preocupacional expedido por el Cuerpo de Investigación Forense u organización pública o privada habilitada a dichos efectos por la autoridad sanitaria y bajo la responsabilidad de un/una médico/a del trabajo habilitado/a ante la autoridad correspondiente.
Artículo 4°.- El proceso de concurso contará con las siguientes etapas: 1. Etapa Clasificatoria: A desarrollarse en las instancias 1.1-
Inscripción; 1.2- Examen Virtual de Saberes Generales; 1.3- Examen Presencial de Resolución de Problemas y de Comprensión de Textos. 2. Etapa Evaluativa: A desarrollarse en las instancias 2.1- Examen Presencial sobre el Funcionamiento del Poder Judicial y Saberes Específicos según Ejes Temáticos; 2.2- Calificación de Antecedentes Curriculares; 2.3- Dinámica Grupal; 2.4 – Entrevista Individual. 3. Etapa de Conformación de los Órdenes de Mérito: Según los Ejes Temáticos enunciados en el Artículo 1° de la presente, los cuales quedarán integrados por los postulantes que logren en la etapa evaluativa notas finales iguales o superiores a setenta (70) puntos. Los nombramientos podrán efectuarse por el término dos (2) años contados desde supublicación, según las necesidades de personal que surjan durante dicho periodo, de acuerdo al eje temático al cual pertenezca el organismo donde se encuentra la vacante a cubrir. La aprobación del concurso para un eje temático específico no implicará la aprobación de los restantes.
Artículo 5°.- Designar miembros integrantes del Jurado Examinador a la Lic. en Relaciones Laborales Bárbara Mosqueira, al Cr. Ezequiel Vinci y al Lic. en Psicología Juan Pablo Gelos. A propuesta de la Gerencia del Área de Gestión Humana, podrá modificarse la conformación del referido jurado.
Artículo 6º.- Definir que el equipo técnico que tendrá a cargo la implementación de la Dinámica Grupal estará conformado por la Lic. en Relaciones Laborales Bárbara Mosqueira, la Lic. en Gestión de Recursos Humanos Glenda Schmidt, la Delegada de Gestión Humana de la 4ta. C.J., Sra. Gabriela Domingo Ros, la Jefa de Despacho Subrogante de la Oficina de Selección Externa, Sra. Fanny E. Chazarreta, el Lic. en Psicología Juan Pablo Gelos y el Escribiente Francisco Fernández San Juan, todos ellos con desempeño de funciones en el Área de Gestión Humana.
Artículo 7º.- El Jurado Examinador entenderá específicamente en lo respectivo a 1) Establecer temarios; 2) Establecer fechas de exámenes; 3) Elaborar exámenes y pautas de evaluación de antecedentes; 4) Tomar los exámenes, con la asistencia de las áreas auxiliares pertinentes; 5) Conceder cambios de fechas de exámenes por situaciones particulares del participante. El Área de Gestión Humana entenderá específicamente en lo respectivo a establecer bases y condiciones, pautas y medios de inscripción al concurso y sustanciación de exámenes, gestionar las notificaciones y elaborar los actos administrativos del Superior Tribunal de Justicia y otros aspectos de índole administrativo.
Artículo 8°.- La instancia recursiva tramitará de conformidad con lo normado en el Artículo 14º del Reglamento Judicial. El Área de Gestión Humana entenderá en lo inherente a: Inscripción y/o Admisibilidad; Bases y Condiciones del Concurso; Integración de los Jurados Examinadores y Conformación de Órdenes de Mérito por Ejes Temáticos. Asimismo, el Jurado Examinador lo hará en las instancias de: Examen No Presencial de Saberes Generales; Examen Presencial de Resolución de Problemas y de Comprensión de Textos; Examen Presencial sobre el Funcionamiento del Poder Judicial y Saberes Específicos según Ejes Temáticos y Calificación de Antecedentes Curriculares.
Artículo 9°.- Facultar al Sindicato de Trabajadores Judiciales a designar un representante gremial que oficie como veedor en las instancias que componen el proceso de concurso.
Artículo 10°.- Establecer que el Orden de Mérito final quedará integrado por los postulantes que obtengan notas finales iguales o superiores a setenta (70) puntos. Dicho orden podrá ser utilizado para cubrir las vacantes que se originen por el término de dos (2) años contados desde su publicación.
Artículo 11°.- Determinar que el derecho a la estabilidad en el cargo se adquirirá a partir de los seis meses de ejercicio efectivo del empleo.
Artículo 12°.- Hacer saber que la modalidad de difusión y notificación suficiente del presente concurso será vía web a través del sitio oficial https://www.jusrionegro.gov.ar/web/rrhh y, complementariamente, según los medios que oportunamente determine la Gerencia de Gestión Humana de este Poder Judicial.
Artículo 13°.- Ordenar la publicación del presente llamado a concurso en el Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro y en el sitio web institucional https://www.jusrionegro.gov.ar/web/rrhh, bajo estricto cumplimiento de los recaudos establecidos en la Acordada 004/18-STJ. Artículo 14°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, notifíquese a los interesados y a los Organismos involucrados y oportunamente archívese. Criado, María Cecilia.-
EN ROCA
Aviso Llamado A Concurso Externo Personal Administrativo – Escalafones A y B Categoría Escribiente Localidad de General Roca – 2da. CJ Resolución 320/2025-STJ Cargo: Escribiente, con asiento de funciones en la localidad de General Roca, en el ámbito de la Segunda Circunscripción Judicial. Requisitos Generales y Particulares: Establecidos en la Ley Orgánica 5731, el Reglamento Judicial y la Resolución 320/25-STJ, de acuerdo las Bases y Condiciones del Concurso.
Plazo y Lugar de Inscripción: Desde el 12/05/2025 a las 08:30 Hs., hasta el 23/05/2025 a las 13:30 Hs, a través del sitio web institucional del Poder Judicial de Río Negro: https://www.jusrionegro.gov.ar/web/rrhh/concurso.php?id=503 Informes, Bases y Condiciones: En el sitio institucional del Poder Judicial de Río Negro https:// www.jusrionegro.gov.ar/web/rrhh/concurso.php?id=503 o, a la cuenta de correo electrónico [email protected], o telefónicamente al 02920-441000 Int. 1586/1377. Ezequiel F. Vinci, Gerente Área de Gestión Humana.-
Visto: el expediente VI-00584-2024, caratulado Gerencia de Gestión Humana s/ Concurso de Ingreso Personal Administrativo Escalafones A y B – localidad de General Roca, y: CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución 920/18-STJ se llamó a Concurso Público Externo para ingreso de personal administrativo en los Escalafones A y B, con destino a la localidad de General Roca, según Ley Orgánica 5731 y el Reglamento Judicial.
Que en vista de que el Orden de Mérito resultante del referido concurso se encuentra próximo a agotarse resulta necesario convocar a la brevedad a un nuevo llamado a concurso. Que en el marco del Plan Estratégico Consensuado de este Poder Judicial, fue rediseñado el anterior esquema de concursos de ingreso de personal administrativo, a cuyos efectos, mediante Acordadas 002/21-STJ, 006/22-STJ y 023/24-STJ, fueron modificados los Artículos 4°, 5°, 7°, 8° y 14º del Reglamento Judicial.
Que la Constitución Provincial, la Ley Orgánica 5731 y el Reglamento Judicial establecen los requisitos y procedimientos del régimen de concursos para la cobertura de los cargos públicos dentro del Poder Judicial, los cuales deben ser aplicados con estrictez.
Que para un óptimo ordenamiento, previo al inicio del periodo de inscripción, deberán constituirse las Bases y Condiciones que regirán el concurso, mediante las cuales se establezca un cronograma de actividades, descripción de las etapas que lo componen y fechas tentativas de realización de las mismas, como así también, una guía de competencias y obligaciones de los actores que intervendrán en el mismo.
Que la presente Resolución se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el inciso. b) del Artículo 3º) de la Acordada 013/15-STJ. Por ello,
La Presidencia del Superior Tribunal de Justicia RESUELVE: Artículo 1°.- Llamar a Concurso Público Externo para ingreso de personal administrativo, para prestar funciones en horario de atención al público o vespertino según necesidades del servicio, con categoría de Escribiente, en los escalafones A y B (Ejes Temáticos 1, 2, 3 y 4), con asiento en la localidad de General Roca, en el ámbito de la Segunda Circunscripción Judicial, según la Ley Orgánica 5731 y el Reglamento Judicial.
Artículo 2°.- La inscripción será únicamente vía electrónica a través del Formulario de Inscripción que a tales fines se habilite en la página web del Poder Judicial, en el sitio asignado al presente concurso: https://www.jusrionegro.gov.ar/web/rrhh/ y, podrá realizarse a partir del 12/05/2025 a las 8:30 horas, hasta el 23/05/2025, a las 13:30 horas, conforme las pautas, bases y condiciones que el Área de Gestión Humana determine.
Artículo 3°.- Establecer los siguientes requisitos excluyentes: Al momento de la inscripción: 1. Ser Argentino/a o residente permanente. 2. No tener menos de 18 años de edad. Aquellas personas que superen los 35 años de edad deberán acreditar luego de la inscripción la regularidad en el sistema previsional y justificar que han realizado los aportes suficientes que les permitan acceder al beneficio previsional al momento de cumplir la edad mínima requerida para jubilarse. 3. No haber cesado en un cargo en el Poder Judicial de la Provincia de Río Negro como consecuencia de no haber superado satisfactoriamente el periodo de prueba para el mismo escalafón en los últimos tres (3) años o por medida disciplinaria en los últimos cinco (5) años. 4. Tener aprobado el nivel secundario completo, en cualquiera de sus modalidades. Requisitos previos a la designación: 1. Justificar idoneidad para el cargo mediante concurso público (cf. Art. 51 de la Constitución Provincial). 2. Acreditar buena conducta mediante certificado de Reincidencia Nacional expedido por entidad habilitada. 3. No encontrarse incurso en las inhabilidades previstas en el Artículo 198° de la Constitución Provincial en función del Art. 13 de la Ley 5731. 4. Fijar domicilio en el lugar de la prestación laboral o en un radio de hasta 50 km del mismo. 5. Acreditar aptitud psico-física, sin preexistencias u observaciones que puedan afectar la idoneidad para el desempeño en el cargo que se postula, mediante examen médico de salud preocupacionalexpedido por el Cuerpo de Investigación Forense u organización pública o privada habilitada a dichos efectos por la autoridad sanitaria y bajo la responsabilidad de un/una médico/a del trabajo habilitado/a ante la autoridad correspondiente.
Artículo 4°.- El proceso de concurso contará con las siguientes etapas: 1. Etapa Clasificatoria: A desarrollarse en las instancias 1.1- Inscripción; 1.2- Examen Virtual de Saberes Generales; 1.3- Examen Presencial de Resolución de Problemas y de Comprensión de Textos. 2. Etapa Evaluativa: A desarrollarse en las instancias 2.1- Examen Presencial sobre el Funcionamiento del Poder Judicial y Saberes Específicos según Ejes Temáticos; 2.2- Calificación de Antecedentes Curriculares; 2.3- Dinámica Grupal; 2.4- Entrevista Individual. 3. Etapa de Conformación de los Órdenes de Mérito: Según los Ejes Temáticos enunciados en el Artículo 1° de la presente, los cuales quedarán integrados por los postulantes que logren en la etapa evaluativa notas finales iguales o superiores a setenta (70) puntos. Los nombramientos podrán efectuarse por el término dos (2) años contados desde su publicación, según las necesidades de personal que surjan durante dicho periodo, de acuerdo al eje temático al cual pertenezca el organismo donde se encuentra la vacante a cubrir. La aprobación del concurso para un eje temático específico no implicará la aprobación de los restantes.
Artículo 5°.- Designar miembros integrantes del Jurado Examinador a la Lic. en Relaciones Laborales Bárbara Mosqueira, al Cr. Ezequiel Vinci y al Lic. en Psicología Juan Pablo Gelos. A propuesta de la Gerencia del Área de Gestión Humana, podrá modificarse la conformación del referido jurado.
Artículo 6º.- Definir que el equipo técnico que tendrá a cargo la implementación de la Dinámica Grupal estará conformado por la Lic. en Relaciones Laborales Bárbara Mosqueira, la Lic. en Gestión de Recursos Humanos Glenda Schmidt, la Delegada de Gestión Humana de la 4ta. C.J., Sra. Gabriela Domingo Ros, la Jefa de Despacho Subrogante de la Oficina de Selección Externa, Sra. Fanny E. Chazarreta, el Lic. en Psicología Juan Pablo Gelos y el Escribiente Francisco Fernández San Juan, todos ellos con desempeño de funciones en el Área de Gestión Humana.
Artículo 7º.- El Jurado Examinador entenderá específicamente en lo respectivo a 1) Establecer temarios; 2) Establecer fechas de exámenes; 3) Elaborar exámenes y pautas de evaluación de antecedentes; 4) Tomar los exámenes, con la asistencia de las áreas auxiliares pertinentes; 5) Conceder cambios de fechas de exámenes por situaciones particulares del participante. El Área de Gestión Humana entenderá específicamente en lo respectivo a establecer bases y condiciones, pautas y medios de inscripción al concurso y sustanciación de exámenes, gestionar las notificaciones y elaborar los actos administrativos del Superior Tribunal de Justicia y otros aspectos de índole administrativo.
Artículo 8°: La instancia recursiva tramitará de conformidad con lo normado en el Artículo 14º del Reglamento Judicial. El Área de Gestión Humana entenderá en lo inherente a: Inscripción y/o Admisibilidad; Bases y Condiciones del Concurso; Integración de los Jurados Examinadores y Conformación de Órdenes de Mérito por Ejes Temáticos. Asimismo, el Jurado Examinador lo hará en las instancias de: Examen No Presencial de Saberes Generales; Examen Presencial de Resolución de Problemas y de Comprensión de Textos; Examen Presencial sobre el Funcionamiento del Poder Judicial y Saberes Específicos según Ejes Temáticos y Calificación de Antecedentes Curriculares.
Artículo 9°.- Facultar al Sindicato de Trabajadores Judiciales a designar un representante gremial que oficie como veedor en las instancias que componen el proceso de concurso.
Artículo 10°.- Establecer que el Orden de Mérito final quedará integrado por los postulantes que obtengan notas finales iguales o superiores a setenta (70) puntos. Dicho orden podrá ser utilizado para cubrir las vacantes que se originen por el término de dos (2) años contados desde su publicación.
Artículo 11°.- Determinar que el derecho a la estabilidad en el cargo se adquirirá a partir de los seis meses de ejercicio efectivo del empleo.
Artículo 12°.- Hacer saber que la modalidad de difusión y notificación suficiente del presente concurso será vía web a través del sitio oficial https://www.jusrionegro.gov.ar/web/rrhh y, complementariamente, según los medios que oportunamente determine la Gerencia de Gestión Humana de este Poder Judicial.
Artículo 13°.- Ordenar la publicación del presente llamado a concurso en el Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro y en el sitio web institucional https://www.jusrionegro.gov.ar/web/rrhh, bajo estricto cumplimiento de los recaudos establecidos en la Acordada 004/18-STJ.
Artículo 14°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, notifíquese a los interesados y a los Organismos involucrados y oportunamente archívese. Criado, María Cecilia.
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